Guiño de la procuradora a la ley de municipalización de Las Grutas

Baquero Lazcano emitió su dictamen y sugirió rechazar el planteo del intendente de San Antonio, que cuestionó la votación de la Legislatura. Ahora falta la sentencia del Superior Tribunal de Justicia, que tiene hasta 90 días hábiles para analizar la causa.

La posibilidad de que este balneario se municipalice registró un avance, porque la procurada provincial Silvia Baquero Lazcano opinó que la ley que en 2015 dispuso la creación del municipio no es inconstitucional.

Sin embargo su dictamen no es vinculante, y la última palabra la tendrá el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que en 90 días hábiles deberá dar a conocer su sentencia.

Si no piden su anulación, se habilitarán los mecanismos para llamar al plebiscito en el que los empadronados en la villa turística definirán si quieren escindirse o no del resto del ejido de San Antonio.

De cualquier forma, los que no estén de acuerdo con la determinación final podrán apelar a la Corte Suprema como última instancia.

Cabe recordar que el pedido de nulidad fue presentado inicialmente por el intendente Luis Ojeda (Frente para la Victoria) y los legisladores Javier Iud (FpV) y Adrián Casadei (Juntos Somos Río Negro), aunque la Justicia determinó que sólo Ojeda estaba legitimado.

Lo que el pedido cuestiona es el mecanismo de la votación de la norma (que fue aprobada por mayoría simple y no especial). También alega que el balneario no cumple con los requisitos para encuadrarse en la ley de creación de municipios Nº 2353, en la que se enmarcó el proyecto finalmente aprobado.

Y además, debido a que existe una ordenanza que estipula el mecanismo para posibilitar la segregación, considera que su aprobación atentó contra la autonomía municipal.

“Ajeno” al debate

Sobre esos argumentos, la procuradora consideró primero en su dictamen que a Ojeda no le no cabe “inmiscuirse en la esfera de decisión propia correspondiente al Poder Legislativo Provincial, motivo que impide la viabilidad del planteo”.

También calificó el rol del jefe comunal de San Antonio Oeste como “ajeno”, como para impugnar “la transgresión de la mayoría parlamentaria”, en virtud del “diseño constitucional y el principio de división de poderes”.

En relación a la afectación de la autonomía municipal, Baquero Lazcano opinó que Ojeda “yerra al pretender introducir como materia específicamente comunal un tema de fijación de límites, y, concretamente, de segregación del municipio” pues “dicha temática es materia privativa de la Legislatura de la Provincia”. Por eso para ella “la pretendida discusión que intenta el intendente carece de basamento normativo alguno”.

Por último sobre los requisitos que no encuadrarían al balneario dentro de lo que dispone la Ley 2353, entre ellos, según alegó el intendente, el de la distancia requerida, la procurado expresó que eso sólo se exige “para el pedido de reconocimiento por parte de una comuna, y el caso bajo análisis se refiere a una segregación”.

En este marco la procuradora general evaluó que “los fundamentos expuestos no prueban de qué modo la normativa atacada desconoce o vulnera los postulados constitucionales denunciados”.

“La pretendida discusión que intenta el intendente carece de basamento normativo alguno”.

“Yerra al pretender introducir como materia específicamente comunal un tema de fijación de límites”.

Silvia Baquero Lazcano, procuradora general, sobre el planteo de Luis Ojeda.

El camino que resta

recorrer en el STJ

Tras el dictamen de la procurada Silvia Baquero Lazcano, el STJ tendrá 90 días hábiles para dar a conocer su decisión sobre la inconstitucionalidad o no de la ley que creó el municipio de Las Grutas, por lo cual la sentencia se conocería durante el mes de mayo de 2017.

La ley, que es de la autoría de la exlegisladora del JSRN Marilyn Gemignani, fue aprobada en diciembre de 2015 tras una polémica por el mecanismo de votación, porque para el oficialismo provincial se requería de mayoría simple, mientras que el FpV sostenía la necesidad de contar con los dos tercios de los votos. Días después fue promulgada por el gobernador Weretilneck. Sin embargo en marzo de este año se paralizó el llamado al plebiscito en que los grutenses definirían su intención de escindirse o no del resto del territorio de San Antonio.

El freno se dio luego del pedido de nulidad de la norma, tras el cual el STJ ordenó la medida de no innovar hasta tanto formalice su decisión sobre el cuestionamiento.

Datos

“La pretendida discusión que intenta el intendente carece de basamento normativo alguno”.
“Yerra al pretender introducir como materia específicamente comunal un tema de fijación de límites”.

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