Un caso de homicidio quedará impune al fallecer el único imputado

El único procesado en el crimen de Cristian Aguiar Pascual, ocurrido en Viedma, murió en el hospital Zatti.

El fallecimiento del único imputado en un homicidio dejará el hecho impune. El domingo murió en el hospital Zatti de Viedma Juan Mario Contrera, quien estaba procesado con prisión preventiva por el homicidio de Cristian Gregorio Aguilar Pascual ocurrido el 28 de febrero de 2015 en la céntrica Pueyrredón al 400 de Viedma.

La causa estaba ya elevada a juicio. Desde hace un tiempo Contrera cumplía con detención domiciliaria debido al avanzado proceso de cáncer gástrico que padecía. Luego fue hospitalizado hasta su deceso ocurrido el fin de semana.

El juez penal Carlos Mussi lo había procesado por “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido mediante uso de arma de fuego y con alevosía”. El magistrado consideró que el imputado actuó sobre seguro “sin ningún riesgo para sí ya que después de ingresar al domicilio de Aguilar le disparó con el arma de fuego quitándole la vida sin que éste tuviera forma de defenderse”. La víctima estaba durmiendo y los celos habrían sido la motivación.

Para Mussi Contrera alias “Chana” entró a la vivienda de la víctima y disparó la carabina de repetición mediante acción de cerrojo contra Aguilar ocasionando su muerte.

En un principio pesó contra el imputado una falta de mérito que significó mantenerse ligado a la investigación y con la incorporación de nuevos informes periciales del Gabinete de Criminalística, junto a otros indicios, se ordenó el procesamiento y la preventiva. “El proyectil extraído en la autopsia de Aguilar fue disparado por la carabina secuestrada”, concluyó ese informe permitiendo a Mussi vincular definitivamente a Contrera con el hecho, sobre quien pesaban sospechas por su accionar cuando se inició la investigación del homicidio. “Comenzó una seguidilla de actos para esconderse de la policía, generando indicios que hicieron acrecentar sospechas en su contra pero que no habían logrado vencer los principios de derecho de inocencia que posee a su favor el imputado”, sostuvo el fallo.

En la investigación se pudo establecer que antes del crimen Contrera circuló en auto a unas tres cuadras y media del lugar del hecho dentro del horario en el que habría acaecido, según las filmaciones de las cámaras de seguridad.

“Todo indica que el motivo de conflicto entre Contrera y Aguilar habría sido la relación sentimental que ambos habrían tenido con la pareja de la víctima”, interpretó el juez. Habría sido pareja primero del imputado y luego de Aguilar.

La carabina fue secuestrada en un campo que frecuentaba el imputado y donde telefónicamente habría advertido a un trabajador que si llegaba la Policía no les dijera donde se encontraba .


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