11 años de cárcel por asesinar a un vecino en Año Nuevo

Ocurrió en Bariloche, cuando la víctima salió en defensa de un joven

Redacción

Por Redacción

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Muñoz fue de visita a Bariloche y en la cena de fin de año el alcohol desató una pelea. Primero atacó a su sobrino; luego mató a Nahuelhual.

BARILOCHE (AB).- Jorge Alejandro Muñoz hacía cuatro años que no visitaba a sus familiares en Bariloche. Viajó en su vehículo desde Carmen de Patagones para compartir la despedida del año y recibir juntos el 1º de enero de 2015. Pero todo salió mal. Hubo una pelea y Muñoz trató de atacar con un cuchillo a un sobrino. Héctor Fabián Nahuelhual, un vecino, salió en defensa del joven y Muñoz lo apuñaló. El puntazo llegó hasta el corazón y Nahuelhual murió. Ayer se conoció la sentencia de los jueces de la Cámara Criminal Primera, Marcelo Barrutia y Miguel Gaimaro Pozzi, que condenaron a 11 años de prisión a Muñoz como autor del delito de homicidio simple. El tercer integrante del tribunal, Alejandro Ramos Mejía, propuso en minoría imponerle 8 años y 6 meses de prisión. La sentencia es apelable. Muñoz fue condenado por el hecho que ocurrió alrededor de las 6 del 1º de enero pasado en el domicilio de un hermano, en el barrio Unión de esta ciudad. Según la acusación fiscal, se produjo una pelea entre el imputado y dos sobrinos. También su hermano, y anfitrión, José “Nano” Muñoz (padre de los dos jóvenes) intervino. Cuando se calmó la pelea, un sobrino del imputado se retiraba con su señora y su hijo pequeño y Muñoz salió a atacarlo con un cuchillo. Nahuelhual observó la situación y salió de su casa en defensa del joven. Fue entonces cuando Muñoz lo hirió de muerte. El Fiscal de Cámara subrogante Bernardo Campana había pedido 13 años de prisión para Muñoz, quien permanece detenido desde el día del hecho. Ahora está alojado en el penal de Viedma. El defensor particular Sebastián Arrondo había solicitado la absolución por el beneficio de la duda. Los jueces valoraron las declaraciones de varios testigos que señalaron a Muñoz como el autor del homicidio. Destacaron que si bien había bebido alcohol, comprendía la criminalidad de sus actos. Gaimaro Pozzi y Barrutia consideraron como agravantes el grave daño causado, la desprotección y carencia de arma de la víctima, como así también su falta de arrepentimiento ante los familia del occiso. El acusado alegó que fue víctima de una agresión grupal y con piedras. Dijo que se marchó en su auto, que estaba borracho y que lo acusaron porque le tenían “envidia”, porque tenía un auto y una camioneta.

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