9 años de prisión por el abuso de la nieta de su pareja

Lo resolvió la Cámara en lo Criminal de Viedma contra Mario Harlein, de 65 años. En mayo la pequeña, de 12 años, había quedado embarazada. Por entonces la justicia autorizó el aborto no punible.

Un hombre de 65 años fue condenado, este lunes en Viedma, a la pena de 9 años de prisión por el delito de abuso sexual contra una niña de 13 años que quedó embarazada y a quien la Justicia había autorizado a practicar un aborto no punible (ver edición impresa del 21.05.2009 «Autorizan el aborto a nena violada en Viedma»).

Así lo resolvió la Cámara en lo Criminal de Viedma contra Mario Enrique Harlein, de 65 años, quien no estuvo presente en la lectura del fallo, informó la agencia de noticias ADN. Actualmente Harlein está detenido en el Complejo Penal Nº1 de Viedma. 

El proceso había comenzado el 11 de noviembre. En esa oportunidad, la fiscal de Cámara, Adriana Zaratiegui, propuso “la realización del juicio abreviado y solicitó que se lo declare autor material y penalmente responsable del hecho; y propició la pena de nueve años de prisión”. Fue entonces que el acusado admitió ser el autor del crimen.

La justicia comprobó que, durante aproximadamente un año, Harlein –quien era pareja de la abuela de la pequeña- abusó sexualmente de la niña en su propio domicilio y en el de ella aprovechando la ausencia de sus padres que la confiaban a su cuidado.

En febrero pasado, la pequeña quedó embarazada. Por entonces tenía 12 años. Cerca del 20 de mayo se supo que la justicia rionegrina dispuso la interrupción de la gestación, menor a los tres meses, en un hospital público.

«Interrumpir el embarazo para que pueda seguir siendo una niña». Este había sido el pedido formulado por los padres de la víctima, por haber sido consecuencia de una violación y por la situación traumática que generaba. 

En un fallo dividido, los jueces resolvieron dar prioridad al derecho de la pequeña a la salud mental y afirmaron que nunca debió llegar a la justicia. Consideraban que era un caso de aborto no punible y que para su práctica, «los médicos no necesitan autorización judicial, en tanto el mismo es un acto de ejercicio lícito de su profesión».

Redacción On Line


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