Libertad de expresión en Argentina

Mar del Plata

Un 10 de diciembre de 1948, en París, la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) redactaba la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su Artículo 19 dicta: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.


Nuestra Constitución Nacional (1853), si bien no es tan generosa incorporaba en sus artículos 14 y 32 menciones a la protección de la libertad de expresión de los argentinos “de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa” y “ el Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal” respectivamente.


Alexis De Toqueville, entre 1835-40 publicaba “La democracia en América” un muy interesante análisis de la democracia representativa republicana y las razones de su éxito en América (EE.UU.) en donde reconocía la irrefutable correlación entre la soberanía de un pueblo y su libertad de prensa. Si en verdad somos, como enunciamos al mundo, una República Representativa y Democrática el expresarnos respetuosamente con libertad y sin miedo es nuestro derecho. No permitamos su avasallamiento.

Karina Zerillo Cazzaro DNI 21.653.863


Mar del Plata

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