Amparos por salud, la principal actividad de la Justicia durante enero en Bariloche
Varias demandas fueron acogidas y emplazaron al Ipross y al ministerio de Salud que cumplan con los tratamientos sin demora, bajo advertencia de aplicar multas.
Como ocurre en cada feria de verano, la Justicia rionegrina entró en pausa desde el 1 de enero y postergó la emisión de nuevos fallos, con la excepción de los recursos de amparo presentados por pacientes con diversas patologías que no encuentran respuesta en el sistema de salud en Bariloche.
Durante las últimas semanas las cámaras laborales de Bariloche dieron curso a varios pedidos de intervención solicitados por personas que requerían tratamientos urgentes del sistema público, a través del hospital Ramón Carrillo o bien la obra social Ipross, quienes no les brindaron respuestas.
El último viernes la Cámara Primera del Trabajo ordenó al ministerio de Salud que provea “los materiales, instrumental e insumos” indicados por un médico traumatólogo para efectuar una operación urgente de rodilla, que la amparista espera desde hace al menos cuatro meses.
Días antes, el otro tribunal laboral hizo lugar a la acción de amparo de una mujer que padece cáncer de mama, necesita radioterapia y en el hospital zonal le ofrecían como única solución trasladarse a Cipolletti. La Justicia ordenó disponer con “carácter urgente” y en cinco días hábiles la realización del tratamiento en Bariloche, bajo apercibimiento de imponer a los responsables una multa diaria de 50 mil pesos. Casualmente la provincia la semana pasada firmó convenio con la fundación Intecnus para ofrecer este servicio a los pacientes del hospital público.
En otra demanda similar, la misma cámara consideró afectado el derecho a la salud de una mujer que necesitaba una cirugía ginecológica, demorada porque el Ipross no aportaba los materiales necesarios. El fallo obligó a la obra social estatal a resolver el requerimiento también en un plazo de cinco días de acuerdo a lo mandado por el médico tratante, con la advertencia de aplicar multa diaria de 10 mil pesos por el incumplimiento.
El recurso del amparo es habitual a lo largo de todo el año en situaciones graves de salud que no reciben atención acorde. A los tres señalados se sumó en Bariloche uno más, iniciado a fines de diciembre por la provisión de medicamentos oncológicos, que fue declarado abstracto porque el Ipross aportó lo requerido mientras se tramitaba el expediente.
La provincia desplegó sus razones ante la Justicia
En el caso de la prótesis de rodilla, la respuesta ofrecida por el ministerio de Salud a través de la doctora Yanina Moraga, quien explicó que estaba en marcha el “circuito” administrativo para la compra y hubo dos llamados a cotización que quedaron desiertos por montos que excedían lo presupuestado.
Para los jueces, la respuesta fue “extemporánea” y la parte demandada “no otorga argumento válido alguno que justifique la demora” en resolver la provisión de los materiales. Sostuvo que “lo económico no puede ser obstáculo del efectivo goce del derecho a la salud”.
El fallo indicó que “existe una afectación del derecho de la salud actual e indubitable” y que no acceder en tiempo y forma a la posibilidad de una curación “influye en la desmejora de la calidad de vida de modo irritante”. Consideró que en la dilación para la compra de los insumos quirúrgicos “se verifica una inacción, una demora y omisión contumaz y reiterada del organismo sanitario”.
Cada uno de los fallos evaluó y consideró cumplidos los requisitos para encuadrar las demandas como un amparo, y la necesidad de resolverlo con premura, con suspensión de la feria.
También aparecen invocaciones repetidas al artículo 59 de la constitución provincial según el cual la salud es “un derecho esencial y un bien social inescindible de la dignidad humana”, poniendo en cabeza del Estado “la obligación indelegable de garantizar el acceso igualitario y oportuno a las prestaciones necesarias”.
El derecho a tratarse en Bariloche
Un particular análisis le dedicó la Cámara Segunda en lo laboral a la demanda de la paciente con cáncer que necesita terapia radiológica. Salud provincial quería enviarla a Cipolletti, adonde dijo que no podía concurrir “por razones de salud, de precariedad económica y de contexto familiar”.
Los jueces sostuvieron que la amparista “padece una patología oncológica severa con indicación médica de urgencia y la demandada supeditó la cobertura al traslado de la paciente a otra circunscripción, desoyendo su situación de vulnerabilidad biopsicosocial”. Agregó que ante el reclamo reiterado por vía administrativa “la respuesta fue el silencio o la inacción”.
El fallo sostuvo que “la provincia como garante última del sistema de salud, no puede pretender que las falencias estructurales o de organización de su red sanitaria recaigan sobre las espaldas de los pacientes”.
Agregó que la derivación a Cipolletti “carece de razonabilidad” y que “no existe ‘gestión eficiente’ si el resultado es el sufrimiento añadido de un paciente oncológico alejado de su centro de vida”.
Como ocurre en cada feria de verano, la Justicia rionegrina entró en pausa desde el 1 de enero y postergó la emisión de nuevos fallos, con la excepción de los recursos de amparo presentados por pacientes con diversas patologías que no encuentran respuesta en el sistema de salud en Bariloche.
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