Muerte en el jardín: absolvieron a las maestras
Para la Justicia, no fue por su negligencia que el bebé murió.
CIPOLLETTI (AC).- Las maestras del jardín El Jacarandá, las hermanas Susana Beatriz y Selva Fabiana Jordi, fueron absueltas ayer del cargo de homicidio culposo por la muerte del bebé Francisco Figueroa. La Cámara Segunda del Crimen consideró que “no se acreditó negligencia alguna por parte de las imputadas” y que las pruebas recolectadas en el juicio no permiten presumir las conductas de las que se las acusó en los alegatos. El niño de tres meses murió el 31 de marzo de 2008, en el jardín maternal por broncoaspiración gástrica. Luego de escuchar la sentencia, el abogado de la querella, Lucas Pica, aseguró que “hay elementos para recurrir el fallo” aunque aclaró que la decisión de apelar la tomará en conjunto con los padres del niño. “Amerita recurrir la sentencia pero la decisión no es sólo técnica. Hay también otros elementos para tener en cuenta”, adelantó. A Susana Jordi le habían imputado que, en su carácter de encargada del turno mañana, había incumplido con el deber de cuidado eficiente propio de esa función y de su posición de garante porque se ausentó del lugar a pesar de que sólo se encontraban dos cuidadoras a cargo de los menores. El tribunal integrado por Guillermo Baquero Lazcano, César Gutiérrez Elcarás y Alejandra Berenguer, cuestionó la instrucción ya que, según quedó demostrado en las audiencias, Susana Jordi no estaba en el jardín porque había cumplido su horario y que se fue una vez que llegó su reemplazante. “Se acreditó que Susana Jordi se retiraba a las 12.30 y cuando lo hizo, vio a Francisco Figueroa a upa de su hermana Selva que lo intentaba dormir, por lo cual no logro entender de qué se la acusó en la pieza procesal”, se expresó en el fallo. También se aseguró que la fiscalía “le achacó una responsabilidad penal inexistente”. A Selva Jordi, que la habían acusado de obrar con negligencia e impericia por no tomar los recaudos necesarios para evitar la muerte de Francisco Figueroa , también la absolvieron. Los jueces dieron por probado que no había sido ella la que le dio la mamadera al bebé sino otra docente y que la forma de dormir de los niños (de espalda, de costado o boca abajo) no tiene ninguna incidencia en la broncoaspiración gástrica sino sólo en la muerte súbita, que fue descartada por los peritos médicos. El fallo cuestionó el alegato de la fiscal Silvana García, que también le endilgó no haber estado presente en la sala y que cerró la puerta, lo que no quedó acreditado en el juicio.
Juan José Thomes
CIPOLLETTI (AC).- Las maestras del jardín El Jacarandá, las hermanas Susana Beatriz y Selva Fabiana Jordi, fueron absueltas ayer del cargo de homicidio culposo por la muerte del bebé Francisco Figueroa. La Cámara Segunda del Crimen consideró que “no se acreditó negligencia alguna por parte de las imputadas” y que las pruebas recolectadas en el juicio no permiten presumir las conductas de las que se las acusó en los alegatos. El niño de tres meses murió el 31 de marzo de 2008, en el jardín maternal por broncoaspiración gástrica. Luego de escuchar la sentencia, el abogado de la querella, Lucas Pica, aseguró que “hay elementos para recurrir el fallo” aunque aclaró que la decisión de apelar la tomará en conjunto con los padres del niño. “Amerita recurrir la sentencia pero la decisión no es sólo técnica. Hay también otros elementos para tener en cuenta”, adelantó. A Susana Jordi le habían imputado que, en su carácter de encargada del turno mañana, había incumplido con el deber de cuidado eficiente propio de esa función y de su posición de garante porque se ausentó del lugar a pesar de que sólo se encontraban dos cuidadoras a cargo de los menores. El tribunal integrado por Guillermo Baquero Lazcano, César Gutiérrez Elcarás y Alejandra Berenguer, cuestionó la instrucción ya que, según quedó demostrado en las audiencias, Susana Jordi no estaba en el jardín porque había cumplido su horario y que se fue una vez que llegó su reemplazante. “Se acreditó que Susana Jordi se retiraba a las 12.30 y cuando lo hizo, vio a Francisco Figueroa a upa de su hermana Selva que lo intentaba dormir, por lo cual no logro entender de qué se la acusó en la pieza procesal”, se expresó en el fallo. También se aseguró que la fiscalía “le achacó una responsabilidad penal inexistente”. A Selva Jordi, que la habían acusado de obrar con negligencia e impericia por no tomar los recaudos necesarios para evitar la muerte de Francisco Figueroa , también la absolvieron. Los jueces dieron por probado que no había sido ella la que le dio la mamadera al bebé sino otra docente y que la forma de dormir de los niños (de espalda, de costado o boca abajo) no tiene ninguna incidencia en la broncoaspiración gástrica sino sólo en la muerte súbita, que fue descartada por los peritos médicos. El fallo cuestionó el alegato de la fiscal Silvana García, que también le endilgó no haber estado presente en la sala y que cerró la puerta, lo que no quedó acreditado en el juicio.
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