Justicia intergeneracional

Redacción

Por Redacción

Las generaciones futuras deberían beneficiarse del sacrificio y los avances de las pasadas. Pero cada vez es más evidente que, debido a la tendencia humana a priorizar las necesidades actuales por sobre los riesgos futuros, las decisiones de políticas públicas tomadas hoy pueden afectar negativa e irremediablemente a las próximas generaciones, que tienen derechos y hoy no los pueden ejercer. Esas generaciones necesitan un defensor que proteja y promueva esos derechos en los debates actuales y el Estado está obligado a proveérselo. Contratación de deuda estatal, degradación del medioambiente, expoliación de recursos energéticos, deterioro de la salud pública, desarrollo disruptivo de la infraestructura y fisonomía de las ciudades, corrupción que debilita activos físicos y disminuye reservas y opciones políticas de macroeconomía que son desastrosas en el largo plazo son sólo algunos ejemplos de decisiones con consecuencias negativas para las generaciones futuras. El artículo 41 de la Constitución nacional dispone que las “actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”. Esta amplia definición normativa ha sido subexplotada en los análisis jurídicos, aun cuando representa la base para que los derechos de las generaciones venideras deban ser respetados en un sentido amplio ya que es difícil identificar las áreas no productivas del Estado y el mercado. El debate intertemporal en el derecho no es algo ajeno a la teoría jurídica. Erupciona cuando nos preguntamos por qué las generaciones anteriores nos condicionan con sus legados constitucionales, o cuando con juicios de la verdad honramos a las víctimas de las atrocidades del pasado mientras nos aseguramos que nuestros hijos y nietos sepan qué sucedió hace más de 30 años. La Justicia transicional nos brinda así un ejemplo de política pública que permite entrelazar los derechos de generaciones pasadas, presentes y futuras. Sin embargo, existen motivos económicos con implicaciones electorales por los cuales los gobiernos representan y priorizan a la población actual. Se necesita un defensor especial que participe e intervenga en los debates de manera que los intereses de las futuras generaciones no sean sencillamente sacrificados en pos de beneficios de corto plazo. Río Negro podría ubicarse a la vanguardia en el desarrollo de instituciones y mecanismos legales mediante la creación de la defensoría de futuras generaciones. Hasta ahora, sólo en un puñado de países se han establecido defensores para proteger los intereses de esas generaciones en procesos judiciales o administrativos. Ese tipo especial de defensores también podría promover esos mismos derechos, por ejemplo, presentando argumentos para que las políticas públicas sean planificadas con sentido de largo plazo y no como impulsos predatorios. La conceptualización de las generaciones venideras y sus derechos es, sin duda, un enorme desafío intelectual. Habría que aceptar, por ejemplo, que personas que aún no han sido concebidas podrían litigar contra empresas o el Estado y definir las reglas precisas que dirimirán los conflictos entre las generaciones actuales y futuras. Sin embargo, las exigencias de desarrollo sustentable y justicia intergeneracional demandan avanzar y operacionalizar esta idea. (*) Abogado

JUAN PABLO BOHOSLAVSKY (*)


Las generaciones futuras deberían beneficiarse del sacrificio y los avances de las pasadas. Pero cada vez es más evidente que, debido a la tendencia humana a priorizar las necesidades actuales por sobre los riesgos futuros, las decisiones de políticas públicas tomadas hoy pueden afectar negativa e irremediablemente a las próximas generaciones, que tienen derechos y hoy no los pueden ejercer. Esas generaciones necesitan un defensor que proteja y promueva esos derechos en los debates actuales y el Estado está obligado a proveérselo. Contratación de deuda estatal, degradación del medioambiente, expoliación de recursos energéticos, deterioro de la salud pública, desarrollo disruptivo de la infraestructura y fisonomía de las ciudades, corrupción que debilita activos físicos y disminuye reservas y opciones políticas de macroeconomía que son desastrosas en el largo plazo son sólo algunos ejemplos de decisiones con consecuencias negativas para las generaciones futuras. El artículo 41 de la Constitución nacional dispone que las “actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”. Esta amplia definición normativa ha sido subexplotada en los análisis jurídicos, aun cuando representa la base para que los derechos de las generaciones venideras deban ser respetados en un sentido amplio ya que es difícil identificar las áreas no productivas del Estado y el mercado. El debate intertemporal en el derecho no es algo ajeno a la teoría jurídica. Erupciona cuando nos preguntamos por qué las generaciones anteriores nos condicionan con sus legados constitucionales, o cuando con juicios de la verdad honramos a las víctimas de las atrocidades del pasado mientras nos aseguramos que nuestros hijos y nietos sepan qué sucedió hace más de 30 años. La Justicia transicional nos brinda así un ejemplo de política pública que permite entrelazar los derechos de generaciones pasadas, presentes y futuras. Sin embargo, existen motivos económicos con implicaciones electorales por los cuales los gobiernos representan y priorizan a la población actual. Se necesita un defensor especial que participe e intervenga en los debates de manera que los intereses de las futuras generaciones no sean sencillamente sacrificados en pos de beneficios de corto plazo. Río Negro podría ubicarse a la vanguardia en el desarrollo de instituciones y mecanismos legales mediante la creación de la defensoría de futuras generaciones. Hasta ahora, sólo en un puñado de países se han establecido defensores para proteger los intereses de esas generaciones en procesos judiciales o administrativos. Ese tipo especial de defensores también podría promover esos mismos derechos, por ejemplo, presentando argumentos para que las políticas públicas sean planificadas con sentido de largo plazo y no como impulsos predatorios. La conceptualización de las generaciones venideras y sus derechos es, sin duda, un enorme desafío intelectual. Habría que aceptar, por ejemplo, que personas que aún no han sido concebidas podrían litigar contra empresas o el Estado y definir las reglas precisas que dirimirán los conflictos entre las generaciones actuales y futuras. Sin embargo, las exigencias de desarrollo sustentable y justicia intergeneracional demandan avanzar y operacionalizar esta idea. (*) Abogado

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