“El ciberbullying también es cosa de grandes”
Al ciberbullying se lo identifica con el acoso escolar, pero también es cosa de grandes. Las rupturas de parejas o matrimonios dan lugar a esta práctica indeseable y totalmente condenable. Las personas no tienen control cuando tratan de vengarse, y la internet parece dar el anonimato y la impunidad necesarias para ello. En este sentido, parecen estar de moda los perfiles agraviantes o descargar la furia en las redes sociales, donde la ira se transforma en injurias de todo tipo y, además, lleva a divulgar fotos íntimas, sacadas en los mejores momentos de la relación. Por supuesto que estos perfiles impactan negativamente en las vidas de las víctimas, pero éstas pueden defenderse. Estos comentarios son mayoritariamente calumnias e injurias y, como tales, generan la responsabilidad de su autor, quien debe indemnizar. El Código Civil es tajante al decir que el que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su intimidad, y cuando el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en tales actividades –si antes no hubieren cesado– y a pagar una indemnización que fijará equitativamente el juez de acuerdo con las circunstancias. También para el caso de las fotografías nuestra legislación contempla que cada uno tiene derecho a mostrarse cuando quiere. Entonces, cualquier publicación sobre una persona que se haga sin su consentimiento da derecho a pedir que se retire y denunciar daños y perjuicios si correspondiere. Este derecho no es ni más ni menos que el derecho a la propia imagen. Es decir, el derecho que tenemos todos de captar, reproducir y publicar nuestra propia imagen como, donde y cuando deseemos, y también el derecho que tenemos de impedir la obtención, adaptación, reproducción y publicación de la propia imagen por terceros, sin nuestro consentimiento. En conclusión, el ciberbullying está de moda entre los adultos. También es condenable, y las víctimas deben saber defenderse con todas las herramientas que la ley les otorga. Sebastián A. Gamen DNI 24.979.404 Bariloche
Sebastián A. Gamen DNI 24.979.404 Bariloche
Al ciberbullying se lo identifica con el acoso escolar, pero también es cosa de grandes. Las rupturas de parejas o matrimonios dan lugar a esta práctica indeseable y totalmente condenable. Las personas no tienen control cuando tratan de vengarse, y la internet parece dar el anonimato y la impunidad necesarias para ello. En este sentido, parecen estar de moda los perfiles agraviantes o descargar la furia en las redes sociales, donde la ira se transforma en injurias de todo tipo y, además, lleva a divulgar fotos íntimas, sacadas en los mejores momentos de la relación. Por supuesto que estos perfiles impactan negativamente en las vidas de las víctimas, pero éstas pueden defenderse. Estos comentarios son mayoritariamente calumnias e injurias y, como tales, generan la responsabilidad de su autor, quien debe indemnizar. El Código Civil es tajante al decir que el que arbitrariamente se entrometiere en la vida ajena publicando retratos, difundiendo correspondencia, mortificando a otros en sus costumbres o sentimientos, o perturbando de cualquier modo su intimidad, y cuando el hecho no fuere un delito penal, será obligado a cesar en tales actividades –si antes no hubieren cesado– y a pagar una indemnización que fijará equitativamente el juez de acuerdo con las circunstancias. También para el caso de las fotografías nuestra legislación contempla que cada uno tiene derecho a mostrarse cuando quiere. Entonces, cualquier publicación sobre una persona que se haga sin su consentimiento da derecho a pedir que se retire y denunciar daños y perjuicios si correspondiere. Este derecho no es ni más ni menos que el derecho a la propia imagen. Es decir, el derecho que tenemos todos de captar, reproducir y publicar nuestra propia imagen como, donde y cuando deseemos, y también el derecho que tenemos de impedir la obtención, adaptación, reproducción y publicación de la propia imagen por terceros, sin nuestro consentimiento. En conclusión, el ciberbullying está de moda entre los adultos. También es condenable, y las víctimas deben saber defenderse con todas las herramientas que la ley les otorga. Sebastián A. Gamen DNI 24.979.404 Bariloche
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