“No al 2×1 = retroceso al Nunca Más”

A la audiencia del 20 de febrero de mil novecientos ochenta y siete, en la ciudad de Bahía Blanca (acompañado por Noemí Labrune, referente de los organismos de los derechos humanos de Neuquén y Río Negro) denuncié ante el presidente de Cámara Luis Alberto Cotter y secretario autorizante, Nicolás María de la Cruz, en carácter de testigo, por haber ingresado el 14 de marzo de 1976 para cumplir con el servicio militar obligatorio, en el Batallón de Ingenieros de Construcciones 181, en Neuquén, y porque durante ese período hasta el 3 de mayo de 1977 fui destinado como soldado conscripto a cumplir tareas en el área de Comunicaciones, dependiente de la Compañía Comando y Servicios, siendo mi tarea específica la instalación y reparación de los equipos de comunicación en toda la dependencia del batallón. Por ser ésta una labor particular, tenía un conocimiento muy amplio de todos los movimientos y operativos antisubversivos que se realizaban en la zona, sobre todo aquellos que se denominaban “operativos conjuntos”, que existían dentro del batallón, particularmente en el fondo, donde existía un lugar denominado “La Escuelita”, que funcionaba como oficina de operaciones donde era común el acceso de oficiales y suboficiales que concurrían de civil y en autos particulares, que eran cambiados muy asiduamente para el traslado de personas en forma permanente.

Esta denuncia fue ampliada nuevamente en los juicios desarrollados en Neuquén capital, dando detalle sobre los hechos ocurrido en la causa
Nº 6668, caratulada “Reinhold, Oscar Lorenzo, y otros s/delito contra la libertad y otros”, que tramitó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Neuquén, a cargo del señor presidente Orlando Coscia. Y concurrí ante el tribunal en calidad de testigo el lunes 29 de septiembre del 2008, a las 14 hs en audiencia y debate fijada en los autos en mención, referidos al oficio
Nº 919 (sindicado como número interno 1589, en virtud de la causa Nº 6668).

Varios artículos y entrevistas periodísticas: diario “Río Negro” del 10 de abril de 1984: “Reconocen centro clandestino en un cuartel neuquino…”; marzo 2001: “A 25 años del golpe militar”; agosto 2008: “Juicio a los represores: el derecho a saber”; 20 de agosto 2008: “La Escuelita”- obispo De Nevares – Capitanio; 29 de septiembre 2008: juicio por “La Escuelita”.

Desde el batallón se escuchaban los gritos.

Nota 2: apuntaban a los líderes culturales. Nota 3: siempre los mismos autos. Nota 4: testigo vio cuando subían cadáveres a un camión. Nota 5: pocos datos sobre los colimbas, etc. Allí se pueden leer y ver detalles de todo lo que pude reconstruir de esta pesadilla que nos tocó vivir y recordar a los fines de aportar al esclarecimiento de este horror, que los represores traducían como LRDT (lugar de reunión de delincuentes terroristas) y que finalmente y luego de muchos testimonios se pudo lograr la condena a estos represores.

En Neuquén a finales de diciembre del 2008, durante la instrucción del juez Dr. Guillermo Labate y la presidencia del tribunal del Dr. Orlando Coscia, y luego de cuatro meses de pruebas, testimonios y debate fueron finalmente condenados: Enrique Braulio Olea, Oscar Lorenzo Reinhold, Mario Gómez Arena, Hilarión De la Pas Sosa, Luis Alberto Farias Barrera, Sergio Adolfo San Martín, Jorge Eduardo Molina Ezcurra y Francisco Julio Oviedo. El tribunal los condenó por delitos de lesa humanidad y los acusó a todos de ser autores y partícipes de una asociación ilícita. A siete de los ocho procesados los sentenció por los 17 casos de secuestros y torturas agravadas por la duración de la privacidad ilegal de la libertad y la privación de perseguidos políticos de las víctimas bajo tormentos. La condena fue de 7 a 25 años…

Manuel Vera

DNI 11.875.224

Manuel Vera

DNI 11.875.224


A la audiencia del 20 de febrero de mil novecientos ochenta y siete, en la ciudad de Bahía Blanca (acompañado por Noemí Labrune, referente de los organismos de los derechos humanos de Neuquén y Río Negro) denuncié ante el presidente de Cámara Luis Alberto Cotter y secretario autorizante, Nicolás María de la Cruz, en carácter de testigo, por haber ingresado el 14 de marzo de 1976 para cumplir con el servicio militar obligatorio, en el Batallón de Ingenieros de Construcciones 181, en Neuquén, y porque durante ese período hasta el 3 de mayo de 1977 fui destinado como soldado conscripto a cumplir tareas en el área de Comunicaciones, dependiente de la Compañía Comando y Servicios, siendo mi tarea específica la instalación y reparación de los equipos de comunicación en toda la dependencia del batallón. Por ser ésta una labor particular, tenía un conocimiento muy amplio de todos los movimientos y operativos antisubversivos que se realizaban en la zona, sobre todo aquellos que se denominaban “operativos conjuntos”, que existían dentro del batallón, particularmente en el fondo, donde existía un lugar denominado “La Escuelita”, que funcionaba como oficina de operaciones donde era común el acceso de oficiales y suboficiales que concurrían de civil y en autos particulares, que eran cambiados muy asiduamente para el traslado de personas en forma permanente.

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