Ocho años de prisión para el cura abusador de Allen

La sentencia se conoció hoy en contra de Juan José Urrutia, acusado de abusar de un adolescente de 14 años. No irá preso porque la condena no está firme.

Los jueces Fernando Sánchez Freytes, Laura Pérez y Natalia González condenaron al sacerdote Juan José Urrutia como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima y agravada por su condición de ministro de un culto religioso reconocido”.

El hecho ocurrió en 2010 en Allen, en una fecha que no se pudo precisar, en el interior de una de las habitaciones de la casa parroquial Santa Catalina, cuando el imputado, “en su condición de presbítero, confesor y asesor espiritual” del niño víctima, valiéndose de la presencia autorizada del menor en el lugar, abusó sexualmente de él luego de haberle convidado cerveza.

“Los abusos fueron cometidos aprovechándose de su condición pastoral y de la inmadurez sexual de la víctima, razones todas por las que ésta no pudo consentir libremente la acción”, dijo el fiscal Andrés Nelli en su alegato, cuestión retomada por el Tribunal en la sentencia.

El Tribunal precisó que el artículo 119, 3° párrafo, del Código Penal define que este tipo de abuso sexual se perfecciona cuando “hubiere acceso carnal” por cualquier vía, sin distinguir quién debe ser el sujeto activo ni el sujeto pasivo del acto sexual en sí.

Esto llevó a los jueces concluir que el imputado fue el autor material del delito, sin perjuicio de que, en los hechos, fue el sujeto pasivo del acto sexual, pues el acceso carnal fue un acto derivado del aprovechamiento de la edad de la víctima, quien, en consecuencia, no consintió libremente la acción.


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Abuso sexual

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