Por “legítima defensa” absolvieron a Brigitte Nieto

Brigitte Nieto, la joven trans que fue condenada a 9 años de prisión como “autora de homicidio agravado por la relación de pareja, con la víctima con circunstancias extraordinarias de atenuación”, fue absuelta por el Superior Tribunal de Justicia que revocó la condena, dictó la absolución y ordenó su inmediata libertad.

El STJ aplicó los principios de juzgamiento con perspectiva de género y contempló la situación de violencia y vulnerabilidad de las cuales era víctima de la imputada.

Luego de analiza la mecánica del hecho y el marco en que se produjo, concluyó que el homicidio de su pareja, fue en un contexto de “legítima defensa” plena por parte de la acusada.

“La legítima defensa se encuentra contemplada en el inc. 6º del art. 34 del Código Penal, estableciendo que no es punible el que obre en defensa propia de sus derechos, siempre que ocurrieran determinadas circunstancias: a) agresión ilegítima; b) necesidad racional del medio empleado, y c) falta de provocación suficiente de quien se defiende”.

Después de analizar el fallo, los jueces del STJ entendieron que “la temática de la legítima defensa fue incorrectamente tratada por el a quo que, a partir de una ponderación arbitraria de las constancias de la causa e inaplicando la doctrina legal, concluyó en la ausencia de la causal; mas, por las razones expuestas, estimo que se presenta en la especie el supuesto contrario”.

El hecho ocurrió en enero del año pasado en un departamento cercano a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, de esta ciudad.

En la mañana del domingo 8 de enero, la acusada, con un arma blanca tipo cuchillo de 14 centímetros de longitud, con una hoja monofilo de 12 centímetros, hirió a Lincoleo, provocándole una herida punzocortante en la zona torácica, a la altura de la línea media del esternón, lesión que le causó la muerte.

Segundos después de la agresión, Brigitte salió corriendo de la vivienda y a los gritos pidió ayuda a los vecinos.

Enseguida arribó al lugar personal policial y detuvo a la acusada, que llegó al juicio con prisión preventiva.

La Cámara Criminal Primera de Roca había condenado en 2017 a Brigitte a 9 años de prisión como “autora de homicidio agravado por la relación de pareja, con la víctima con circunstancias extraordinarias de atenuación”. En ese momento los jueces habían valorado la situación de vulnerabilidad y reconocieron a Bridgitte como víctima de violencia de género. La fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua.

Ahora con el fallo del STJ la joven recuperará la libertad.

El fallo que la condenó


Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora