Adolescentes y delito: ¿Prevención social y educativa o (solo) penal?

Gabriel Lerner*

Las políticas del gobierno nacional destinadas a la niñez y la adolescencia no gozan, se sabe, de prestigio y reconocimiento. Desde aquel anuncio de construir 3.000 nuevos jardines para niños pequeños –hecho por el presidente Macri en el 2015, e incumplido– hasta el durísimo ajuste al presupuesto 2019 de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia; pasando por el derrumbe del Plan Conectar Igualdad, Paka Paka o la restricción a las pensiones para chicos con discapacidad; el fruto más obtenido por esas políticas han sido las críticas.

Las voces de alerta, cuando no de rechazo, provienen de Unicef, los sindicatos docentes o de estatales vinculados a la niñez, asociaciones de defensores, magistrados y jueces especializados, la Sociedad Argentina de Pediatría, la Iglesia, las Abuelas de Plaza de Mayo, las ONG, investigadores y académicos; es decir, actores muy distintos entre sí.
Cualquiera que haya prestado atención al acto en el que los ministros Bullrich y Garavano presentaron el proyecto oficial de ley penal para adolescentes habrá notado a un gobierno en soledad, sin compañía de actores o referentes del mundo de la infancia.

Ello merece una explicación: durante los últimos dos años, en el Ministerio de Justicia fueron escuchados decenas de representantes de entidades y especialistas en la temática y se les prometió un proyecto de consenso.
Pero el proyecto presentado no es fruto de ningún consenso, al menos en tres contenidos decisivos.

En primer lugar, existe un rechazo prácticamente unánime a que se baje la edad de responsabilidad penal y el proyecto lo hace, llevándola de 16 a 15 años de edad (pudiendo, además, aplicarse penas de encierro de hasta 15 años para esta franja etaria).
Por otra parte, es exorbitante (y sorpresivo) que el proyecto habilite a aplicar penas de hasta 50 años de prisión a chicos o chicas de 16 o 17 años de edad.

La actual política económico-social es promotora de delito adolescente y juvenil a gran escala.

En tercer lugar, existe una fuerte crítica por el reconocimiento a los jueces penales de “menores” o juveniles, de capacidad de intervención respecto de niños o jóvenes declarados no punibles, algo que se parece demasiado a las antiguas facultades “tutelares”, derogadas por la ley Nº 26061 y las modernas leyes provinciales de protección de la niñez.
Ahora bien, esa soledad que resaltamos de los ministros habilita a una segunda lectura.
Aun en el lenguaje ambiguo en el que se explicó públicamente el proyecto de ley –atravesado por la finalidad de que cada uno, cada futuro elector en realidad, escuche lo que quiera– existieron diversas menciones a la idea de la prevención. Bullrich fue particularmente enfática en las redes sociales: “Con el Régimen Penal Juvenil buscamos que haya menos delincuentes y no más presos”, sostuvo atribuyéndole a la receta del endurecimiento penal facultades de prevenir conductas delictivas juveniles.


¿Creerán en serio esos altos funcionarios que la mejor manera de evitar transgresiones de los chicos de 12, 15 o 17 años es diseñando leyes penales y manejando adecuadamente las policías? Quizás esa idea de prevención –excluyentemente penal, fundamentalmente punitiva– sea la que explique que, en la presentación de una política destinada a la adolescencia, estén ausentes o invisibilizados el secretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, la ministra de Salud y Desarrollo Social, los secretarios de Deporte, Cultura o Trabajo y el ministro de Educación.
Puede ser un tema de convicciones, conceptual, pero también de oportunismo y olfato político. Convengamos que no resultaría demasiado sencillo para los funcionarios nacionales defender como paradigma eficaz de prevención de desviaciones o inconductas en la adolescencia la inclusión social y educativa, mientras la gestión gubernamental convierte en desocupados a muchos de sus padres, recorta salarios de sus profesores, debilita programas territoriales de protección de la infancia y ahoga clubes de barrio a tarifazo limpio.

En otras palabras: la actual política económico-social es –desde nuestra perspectiva de valoración de la inclusión como factor central de la prevención– promotora de delito adolescente y juvenil a gran escala.
Hace más de 100 años que en la Argentina la cuestión de la prevención del delito de las personas de menos de 18 años de edad –ayer “menores”, hoy adolescentes– dejó de ser un tema solo penal o de política criminal para ser fundamentalmente una cuestión de política social, educativa, sanitaria, de protección y promoción familiar.

Y ese proceso dio un salto en calidad en 1989, con la Convención sobre los Derechos del Niño. Más adelante, mediante la ley 26061 se puso en funcionamiento, en el 2007, un ámbito institucional de articulación en el que confluyen la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Sennaf) y las máximas autoridades provinciales de infancia.
Es el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (Cofenaf): allí las autoridades nacionales y provinciales buscan elaborar y consensuar –imprescindible en un régimen federal– las demandadas políticas de Estado.

Ese ámbito mantuvo cierta continuidad en sus orientaciones en el abordaje de los adolescentes infractores a la ley penal, desde su fundación a la fecha.
En sucesivos pronunciamientos, investigaciones y actas-compromiso se han ido construyendo acuerdos de trabajo en torno a los principios de especialización, mínima intervención penal, prioridad del abordaje socio-educativo, empleo restrictivo de la privación de libertad y, también, de solidez en no bajar la edad de punibilidad. Incluso en septiembre del 2017, presidido ya el Cofenaf por un funcionario del gobierno de Cambiemos, se elaboró, por unanimidad, un proyecto de nueva ley penal juvenil, sin bajar la edad de punibilidad, que se proponía en 16 años de edad, como rige actualmente.


En el discurso de Bullrich y Garavano, de prevención y abordaje excluyentemente criminal y punitivista del delito de pibes y pibas, no hay lugar para lo elaborado por el Cofenaf ni para sus miembros, que no tuvieron protagonismo en la reciente iniciativa.

La distancia del proyecto de ley con el campo de la infancia termina impactando en los propios actores oficiales que trabajan con la niñez y la adolescencia.
No es fácil pronosticar el resultado en el Congreso de la iniciativa de Macri. Lo que sí se puede aseverar es que, de profundizarse el curso de acción que se proponen, las políticas argentinas de infancia agudizan su tensión con la Convención sobre los Derechos del Niño. No es, lamentablemente, el primer ni el único campo en el que derechos humanos y modelo neoliberal no pueden convivir armónicamente.

*Abogado especialista en Derechos del Niño y miembro de la Red Argentina No Baja. Exsubsecretario y exsecretario nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (2007-2015) y extitular de la Sedronar (2015)


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