La principal empresa de López, al borde de la quiebra

La AFIP rechazó la posibilidad de que Oil Combustibles acceda a una moratoria para los $ 8.000 millones que retuvo ilegalmente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró hoy al juez comercial Javier Cosentino que los planes de pagos o moratorias no están previstos para el caso del Impuesto a las Transferencias de Combustibles (ITC) que la empresa Oil Combustibles, la mayor del Grupo Indalo de Cristóbal López, retuvo por cerca de 8.000 millones de pesos.

Con esta definición de la entidad recaudadora, la principal empresa del Grupo Indalo, de Cristóbal López, quedó en una situación muy delicada que puede derivar en su quiebra en la Justicia.

Cosentino convocó ayer a un encuentro a directivos del Grupo Indalo y a los abogados de la AFIP para buscar una salida, esto es, una quita, un plan de pago o algún mecanismo que permitiera a la empresa cancelar su deuda.

Pero el subdirector de Asuntos Jurídicos de la AFIP, Eliseo Devoto, fue taxativo ante el juez cuando señaló que la retención del impuesto a los combustibles no admite más que su pago efectivo en tiempo y forma, señalaron fuentes judiciales.

La situación de la petrolera se agravó la semana pasada cuando el mismo juez desplazó a los administradores del grupo de López, Ignacio Rosner y Santiago Dellatorre, por “irregularidades” en la gestión, advertidas en gastos elevados sin justificación.

En paralelo al rechazo a otorgar un plan de pagos, la AFIP le reclamó a la Cámara Federal de Casación Penal que los empresarios titulares, Cristóbal López y Fabián de Sousa, sean juzgados por “defraudación al Estado”, y no por “apropiación indebida de tributo”, como dispuso ese tribunal en un polémico fallo.

López y De Sousa quedaron libres el viernes 17 de marzo. En la causa “Oil Combustibles” habían sido procesados por el juez Julian Ercolini por retener los $ 8.000 millones de la petrolera y financiar el crecimiento de otras empresas del grupo. Ercolini ordenó su detenerlos por “administración fraudulenta agravada”. La sala 1 de la Cámara Federal cambió la carátula a “evasión”. La Corte Suprema ya ordenó al Consejo de la Magistratura investigar si hubo irregularidades en la decisión de la Cámara.

El cambio de carátula, que implicó la liberación de los dos empresarios, fue apelado ayer por el abogado de la AFIP, Ricardo Gil Lavedra.

El subdirector de Asuntos Jurídicos de la AFIP señaló que la retención del impuesto a los combustibles sólo admite su pago efectivo en tiempo y forma.

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El subdirector de Asuntos Jurídicos de la AFIP señaló que la retención del impuesto a los combustibles sólo admite su pago efectivo en tiempo y forma.

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