Condenado por “grooming” esperará detenido que quede firme la pena

Debe pasar 35 años en la cárcel por ciberacoso. Su defensor apeló y pidió que se levante la prisión preventiva mientras se sortean los pasos procesales.

Los jueces del Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) de Río Negro Adrián Fernando Zimmermann, Rita Custet Llambí y Miguel Ángel Cardella rechazaron la impugnación que había presentado el defensor particular de un hombre condenado a 35 años de prisión, como autor de 23 hechos de grooming en perjuicio de adolescentes.

El defensor apeló la decisión de un tribunal de Bariloche que había resuelto el 17 de diciembre último extender la prisión preventiva del imputado hasta que la sentencia condenatoria quede firme. Además, ese tribunal accedió al pedido del fiscal y mantuvo la prohibición al imputado de utilizar medios digitales de comunicación.

El fiscal Martín Govetto solicitó la prórroga porque se vencía el plazo legal de la prisión preventiva. Recordó, según el fallo del TIP, que el acusado está detenido desde el 5 de diciembre de 2018 en el penal de Viedma.

El hombre fue juzgado y condenado el 21 de noviembre de 2019. El tribunal de juicio lo encontró culpable de haber cometido 23 hechos calificados como grooming, amenazas coactivas, producción en carácter de instigador y distribución de representaciones de las partes genitales de menores con fines predominantemente sexuales agravados.

La prisión preventiva dispuesta no supera los límites de lo razonable, atendiendo a los lapsos de detención del imputado”.

Resolución del Tribunal de Impugnación de la provincia de Río Negro.

También lo condenaron por los delitos de facilitación y promoción de la corrupción de menores agravada y tenencia de representaciones de menores de 13 años dedicados a actividades sexuales explícitas y de representaciones de las partes genitales de las menores con fines predominantemente sexuales, con fines inequívocos de distribución. Fue una sentencia histórica en la provincia. Pero no está firme.

El Código Procesal Penal de la provincia establece que el plazo máximo de la prisión preventiva no puede extenderse más allá de los 18 meses. Pero aclara que no se computa el plazo que demande la sustanciación de los recursos extraordinarios, que presentan los defensores de personas condenadas ante tribunales superiores para que revisen las sentencias.

El mismo tribunal de Bariloche que lo juzgó y condenó, el 17 de diciembre pasado extendió la preventiva impuesta al imputado hasta que la sentencia condenatoria quede firme, lo que puede llevar mucho tiempo hasta que la Corte Suprema revise el caso.

El defensor particular Alejandro Pschunder impugnó esa decisión ante el TIP porque alegó que mantener al acusado con preventiva hasta que la sentencia quede firme es inconstitucional y viola la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Recordó que el Pacto de San José de Costa Rica sobre derechos humanos “es claro: nadie puede estar detenido sin sentencia firme por más de tres años”.

El imputado “ha cumplido dos años y días, por lo que se encuentra ahora transitando el plazo judicial previsto en la normativa ritual, lo que se suma a que la argumentación desplegada por la defensa en la impugnación resulta insuficiente”, sostuvieron los jueces del TIP.

Además, dijeron que el mantenimiento de la prisión preventiva “resulta compatible con las obligaciones asumidas por el Estado argentino en la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, que en nuestro país tiene jerarquía superior a las leyes”.

Desde el Poder Judicial informaron tiempo atrás que el grooming es el acoso de un adulto hacia niños, niñas o adolescentes a través de internet, con objetivos sexuales. El propósito del adulto es ganarse la amistad virtual de un niño creando una conexión emocional con el fin de disminuir las inhibiciones con el mismo.


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