Confirman condena a hombre que violó a su vecina de 12 años

Redacción

Por Redacción

BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó el recurso de casación que había interpuesto la defensa de Aníbal Enrique Orce y, en consecuencia, confirmó la sentencia de la Cámara Criminal Primera de Bariloche que había condenado al imputado a la pena de seis años y seis meses de prisión como autor de una violación de la que fue víctima niña de 12 años. El juicio se realizó casi seis años después de que la madre de la víctima denunciara el hecho. El acusado, que en ese momento tenía 35 años, y la víctima eran vecinos. La sentencia del STJ se en la página web del Poder Judicial de la provincia. La jueza del máximo tribunal de la provincia Adriana Zaratiegui recordó en su voto que Orce fue condenado el 30 de julio pasado por la Cámara barilochense como autor responsable del abuso sexual agravado. Indicó que la defensa del imputado presentó un recurso de casación para que el STJ analice la sentencia condenatoria, argumentando que se violó el principio de congruencia, ya que a su criterio los hechos fijados en el fallo no coincidían con los plasmados en la requisitoria de elevación a juicio, entre otros cuestionamientos. Zaratiegui sostuvo que el imputado fue condenado por el hecho nominado “segundo”, fijado temporalmente con posterioridad al 7 de mayo y antes del 1 de octubre de 2007, cuando la nena concurrió al domicilio de Orce, quien “la llevó a su habitación, la desnudó, se desnudó” y abusó carnalmente de la menor de edad. Para la jueza del STJ “ha quedado fuera de toda duda que la menor mantuvo relaciones sexuales a una edad en que éstas no podían ser consentidas válidamente”. Respecto a la autoría del hecho, Zaratiegui sostuvo que “tampoco quedan dudas en cuanto a su atribución a Orce”. Indicó además que “el señalamiento realizado por la propia víctima expresamente en el debate oral” y además “la relación y vinculación entre ambos tampoco puede discutirse; no solamente lo dicen testigos desde su propia observación –las amigas de la niña–, sino que lo corrobora el listado de llamadas telefónicas que se obtuvo del teléfono de esta última”. Los jueces Sergio Barotto y Liliana Piccinini adhirieron al voto de Zaratiegui, mientras que Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla se abstuvieron.


BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó el recurso de casación que había interpuesto la defensa de Aníbal Enrique Orce y, en consecuencia, confirmó la sentencia de la Cámara Criminal Primera de Bariloche que había condenado al imputado a la pena de seis años y seis meses de prisión como autor de una violación de la que fue víctima niña de 12 años. El juicio se realizó casi seis años después de que la madre de la víctima denunciara el hecho. El acusado, que en ese momento tenía 35 años, y la víctima eran vecinos. La sentencia del STJ se en la página web del Poder Judicial de la provincia. La jueza del máximo tribunal de la provincia Adriana Zaratiegui recordó en su voto que Orce fue condenado el 30 de julio pasado por la Cámara barilochense como autor responsable del abuso sexual agravado. Indicó que la defensa del imputado presentó un recurso de casación para que el STJ analice la sentencia condenatoria, argumentando que se violó el principio de congruencia, ya que a su criterio los hechos fijados en el fallo no coincidían con los plasmados en la requisitoria de elevación a juicio, entre otros cuestionamientos. Zaratiegui sostuvo que el imputado fue condenado por el hecho nominado “segundo”, fijado temporalmente con posterioridad al 7 de mayo y antes del 1 de octubre de 2007, cuando la nena concurrió al domicilio de Orce, quien “la llevó a su habitación, la desnudó, se desnudó” y abusó carnalmente de la menor de edad. Para la jueza del STJ “ha quedado fuera de toda duda que la menor mantuvo relaciones sexuales a una edad en que éstas no podían ser consentidas válidamente”. Respecto a la autoría del hecho, Zaratiegui sostuvo que “tampoco quedan dudas en cuanto a su atribución a Orce”. Indicó además que “el señalamiento realizado por la propia víctima expresamente en el debate oral” y además “la relación y vinculación entre ambos tampoco puede discutirse; no solamente lo dicen testigos desde su propia observación –las amigas de la niña–, sino que lo corrobora el listado de llamadas telefónicas que se obtuvo del teléfono de esta última”. Los jueces Sergio Barotto y Liliana Piccinini adhirieron al voto de Zaratiegui, mientras que Ricardo Apcarian y Enrique Mansilla se abstuvieron.

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