Confirman la sanción contra un psicólogo de Cipolletti por falta de ética en una causa por abuso sexual

La Cámara Civil no hizo lugar a la apelación que interpuso Claudio Marín. El profesional fue sancionado en 2018 por el Colegio de Psicólogos. Deberá pagar 150 mil pesos de costas.

El psicólogo Claudio Marín volvió a recibir un revés por parte de la justicia; esta vez fue el fuero civil que desestimó la demanda que interpuso contra el Colegio de Psicólogos del Alto Valle Oeste que en 2018 le suspendió la matricula por un gravísimo caso de carencia de ética profesional. El psicólogo deberá pagar alrededor de 150 mil pesos de costas por el juicio.

La Cámara Civil de Cipolletti no hizo lugar a la apelación por la demanda; desarticuló todos los argumentos de la defensa y volvió a confirmar que Marín actuó de forma irresponsable en un delicado proceso penal por abuso sexual agravado.

No solo por su doble rol, terapeuta del abusador y de la víctima, sino que influyó para que la joven levantara una denuncia penal. El caso llegó a juicio impulsado por la defensoría de menores. El depravado fue condenado y recientemente la Corte Suprema convalidó todo el proceso.

Según se desprende del fallo civil, Marín violó en varias oportunidades el secreto profesional al divulgar publicaciones vinculadas al caso en sus redes sociales (Facebook) y en notas periodísticas.

“A tal respecto no formuló descargo alguno en su defensa ni aportó prueba que desvirtuara lo denunciado; por el contrario, expresamente reconoció la divulgación, aunque pretendió reducir su relevancia”, sostiene el fallo firmado por los jueces Marcelo Gutiérrez, Alejandro Cabral y Vedia y la jueza Elda Emilce Álvarez.

Así, reconoció haber efectuado la publicación sobre circunstancias que debía resguardar bajo el secreto profesional y la reserva que impone el hecho de hallarse involucrada una menor de edad, cuya identidad debía ser celosamente reservada en cumplimiento de lo que disponen las normas legales y convencionales internacionales.

Un informe de la Oficina de Atención a la Víctima solicitado por el fiscal Martín Pezzetta alertó sobre la incompatibilidad en el desempeño profesional de Marín luego de que este manifestara el 25 de enero de 2017 ante dicho organismo ser psicólogo del condenado – acusado de abuso sexual por segunda vez – y haber iniciado un proceso terapéutico con la hija – nueva víctima- el 19 de enero de ese año.

Recién entonces, y existiendo ya el planteo de la Fiscalía cesó su intervención en la causa penal, pero de los dichos del acta de audiencia surge su propio reconocimiento de su doble intervención profesional con quienes por entonces resultaban ser la presunta víctima y el victimario, lo que acredita la alegada imputación de haber mantenido relaciones profesionales múltiples e incompatibles en los términos del art. 4.4.1.6”, sostienen los magistrados en el fallo.

Quien presentó la denuncia fue la hermana de la víctima. “En dicho trámite la denunciante imputó al actor las siguientes irregularidades: primero, la falta de matriculación oportuna en el Colegio de esta jurisdicción; dicha imputación no fue negada sino que el psicólogo ensayó excusas sin sustento jurídico o fáctico alguno que desvirtuaran la configuración de la omisión incurrida”.

Seguidamente, se le atribuyó transgredir el art. 4.4.1. del Código de Ètica que regula la responsabilidad del profesional en las relaciones con sus consultantes. De violentar las disposiciones contenidas en el art. 4.4.1.1 (posición asimétrica y prohibición de hacer uso de su influencia para fines benéficos para el paciente); en la disposición 4.4.1.1. (privilegiar el beneficio del paciente sobre el propio); en el art. 4.4.1.6. (involucrarse en relaciones múltiples que pudieran perjudicar la objetividad del profesional, su competencia o la efectividad de su desempeño; como así también generar el riesgo o daño para con el paciente) y en la norma contenida en el art. 4.4.1.7 (el surgimiento de una relación múltiple potencialmente dañina).


López-Abramovich



El profesional cosechó popularidad en la causa por abuso sexual contra el fallecido sindicalista Rubén López y el exfutbolista de Boca Lucas Abramovich. Fue Marín quien impulsó esa denuncia luego de atender a la víctima. En esa instancia tuvo una actuación estelar.


Pero la jueza de instrucción Sonia Martín dictó la falta de mérito de López y Abramovich y le envió oficios al Colegio de Psicólogos para que analice el desempeño del profesional en esa causa. El tribunal de juicio coincidió con la magistrada y terminó absolviendo a los imputados por falta de pruebas.


Rodríguez Lastra



Después el psicólogo participó del juicio contra el médico Leandro Rodríguez Lastra, condenado por impedir un aborto no punible en Cipolletti. En ese momento contaba con el apoyo de la legisladora de Juntos Somos Río Negro Marta Milesi.


Finalmente, el Colegio de Psicólogos suspendió a Marín por el plazo de dos años para ejercer la profesión. La acusación incluyó todas las irregularidades éticas que cometió durante ese periodo.

En una entrevista que concedió a Río Negro, en junio de 2018, aseguró que se trataba de una persecución por haber denuncia a una jueza y al por entonces diputado provincial Rubén López quien falleció el 22 de septiembre de 2020 a causa del covid.


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