Duras condenas para los asaltantes de Dato
Los cuatro imputados en el robo calificado que sufrió el conocido comerciante de Viedma, recibieron entre 13 y 19 años.
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El Tribunal condenó a 19 años de prisión a Nicolás Rubén Quintero, Angel David León Belmar y Fernando Javier Busto e inhabilitación especial para portar armas de fuego por el doble de tiempo de la condena, accesorias legales y costas, por considerarlos coautores penalmente responsables de “homicidio en grado de tentativa, robo doblemente calificado por acometimiento con el uso de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda en grado de tentativa y homicidio en ocasión de robo; y autores del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todos en concurso ideal”, calificación que concursa de forma real con el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en el carácter de autores.
En tanto a Jorge Luis Estevanacio, el hombre que manejó el auto que trasladó a
los delincuentes, fue condenado a 13 años de prisión como partícipe necesario penalmente responsable de los delitos de “homicidio en grado de tentativa, robo doblemente calificado por acometimiento con el uso de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda en grado de tentativa y homicidio en ocasión de robo, todos en concurso ideal”.
Tras la lectura de la sentencia el llanto de familiares de los jóvenes imputados fue inevitable, teniendo en cuenta la cantidad de años que deberán permanecer privados de la libertad. Sin estar presentes en la audiencia, el dolor de la familia de la víctima que falleció hace tres meses producto de una larga enfermedad sigue siendo irreparable tanto como para la del joven que formó parte del grupo asaltante y que murió al ser alcanzado por una de las balas dirigidas a Dato.
En el extenso fallo los camaristas Ariel Gallinger, Luján Ignazi y Rolando Gaitán rechazaron las nulidades deducidas por las defensas en el marco de la investigación de este hecho que ocurrió en la madrugada del seis de mayo de 2013 en el residencial barrio Don Bosco de esta capital.
Para el Tribunal el seguimiento y ataque a Dato estuvo planificado y se acordó realizar con unas pocas horas de antelación, quedando acreditado que Estavanacio condujo el Ford Falcon que trasladó a Damián Salvo -el joven que murió al ser alcanzado por una de las balas que el grupo dirigió a Dato-, Quintero, Bustos y Belmar.
En concordancia con lo declarado en su momento por el comerciante que falleció en setiembre pasado los disparos en su contra fueron a corta distancia y dirigidos a partes vitales del cuerpo de Dato tales como la cabeza y parte superior del torso, teniendo en cuenta que ingresaron por la ventanilla de la camioneta, así como el que impactó en el parabrisas, del lado del conductor y a la altura de la cabeza.
“Se tiene por acreditado que la directa intención de los encartados al dispararle en la forma que se ha comprobado fue la de quitarle la vida a Dato cuando este huía del lugar, ocasión en la cual uno de los proyectiles disparados impactó en Damián Héctor Salvo quien a resultas de ello falleció”, agregó la sentencia.
Para el Tribunal también quedó acreditado que el joven fallecido y los condenados a 19 años de prisión portaron armas de fuego sin la debida autorización legal y aptas para su funcionamiento, entre ellas una carabina calibre 22, otra arma de fuego del mismo calibre, una pistola nueve milímetros y un revólver 32.
Se destacó que “Estevanacio acordó participar del hecho en el rol de conductor del vehículo para que una vez todos a bordo del automóvil circular con sus consortes de causa y el fallecido Salvo hasta el lugar del hecho y para luego de que lo hayan cometido lograr una huida segura”.
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