Blanqueo de capitales: los primeros detalles del proyecto oficial del Gobierno

Se trata del proyecto oficial que busca sumar dólares a las reservas y financiar subsidios y becas. Establece alícuotas diferenciales, beneficios y ventajas. A quiénes alcanza.

Comienzan a conocerse los detalles del proyecto de blanqueo de cuentas argentinas, que va de la mano del acuerdo de intercambio financiero que firmó recientemente Argentina con Estados Unidos. El proyecto -que el ministro Sergio Massa urge al Congreso- no es sólo para cuentas bancarias e inversión abiertas en Estados Unidos.

Se estima que el primer informe oficial en el marco del acuerdo de intercambio de información con Estados Unidos, llegaría hacia el mes de septiembre de 2023. Esa fecha se convierte en un enorme incentivo a la exteriorización de los activos que son propiedad de ciudadanos argentinos y se encuentran en el exterior, ocultos a los ojos del fisco argentino.

La apuesta del gobierno es que a los contribuyentes les resulte mucho más atractivo ingresar al blanqueo, que afrontar la gravosa multa por no haber declarado las tenencias en el exterior.


El blanqueo de capitales que se viene


A continuación el detalle del proyecto que el gobierno presentará en el Congreso de la Nación.


• Plantea tres momentos de ingreso: 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre, con alícuotas que se va a ir incrementando en la medida en que se entre más tarde. Se estima que podrían ser del 5%, del 10% y del 20%.


• El objetivo del blanqueo es recaudar más recursos que no sólo permitan achicar la deuda con el FMI, sino también financiar subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), becas Progresar y proyectos en el área del Gas Natural.

“Abarca dinero en efectivo, saldos de cuentas bancarias, portafolios de inversión, criptomonedas, inmuebles, muebles”.

Sebastián Domínguez, tributarista, socio de SDC Asesores.


• Según el memorándum al que tuvieron acceso los principales diarios de Buenos Aires, se establecen “compromisos y obligaciones de ambas partes”. Describe que las autoridades competentes son, por EEUU, la Secretaría del Tesoro, y por la Argentina, la AFIP. “De cumplirse con todas las notificaciones y protocolos, el acuerdo entra en vigor el 1º de enero de 2023″, augura.


• El acuerdo incluye a los 50 Estados norteamericanos, incluidos Delaware y Dakota del Sur. Estados Unidos únicamente excluye de su definición de territorio a: Samoa Americana, Guam, las Islas Mariana del Norte, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.


• El punto G del memorándum, que publicará la AFIP, dice que “cada parte se obliga a obtener la información indicada, con respecto a todas las cuentas declarables y debe intercambiarla anualmente de manera automática”.


• La información a recabar es: identificación del titular de cuenta, de la institución financiera, monto bruto de intereses, dividendos y otras rentas de fuente estadounidense percibidas por residentes argentinos en cuentas estadounidenses.

Criptomonedas. Quedarán incluidas dentro del blanqueo que espera lanzar el gobierno.


• Crea el régimen especial de “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”, que alcanza a personas humanas, sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, como sociedades constituidas en el país y empresas unipersonales, entre otras.


• Comprende bienes como “tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos)”.


• Dispone diferentes alícuotas para la exteriorización de los bienes del país y del exterior. Para los últimos, en caso de que exista repatriación se dispondrá una alícuota preferencial baja desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de marzo de 2023. Pero la misma se duplicará si la exteriorización se efectúa entre el 1 de abril y el 30 de junio del año próximo. Y se cuadriplicará desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2023. En cambio, cuando no exista repatriación de los bienes del exterior se duplicarán las alícuotas de los tramos anteriores.


Beneficios y exclusiones


La iniciativa establece que “no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados los bienes declarados”.
Además, se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.


Los sujetos también quedarán liberados “de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: impuesto a las Ganancias, impuestos Internos y al Valor Agregado; impuestos sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas”.

Quienes accedan al blanqueo quedarán «liberados» de los impuestos que hubiesen omitido declarar, entre ellos Ganancias, Bienes Personales e IVA.


En otro párrafo, el proyecto establece un régimen simplificado con una alícuota especial del equivalente a la mitad de las generales cuando los sujetos personas humanas exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera en efectivo en el país y el monto no supere el 35% anual de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales, con un tope de hasta 50.000 dólares.


Asimismo, quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes que pagaron el Aporte Solidario, implementado el año pasado.


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