Los cambios impositivos que trae consigo la reforma laboral

La “Ley de Modernización Laboral” incorpora una serie de novedades relevantes, que incluyen cambios en IVA y Ganancias. La normativa impulsa la preservación del capital y la liquidez financiera, y desgrava buena parte del mercado inmobiliario.

Redacción

Por Redacción

La reciente publicación de la Ley 27.802, conocida como “Ley de Modernización Laboral” no solo introduce cambios en materia laboral, sino que también incluye importantes reformas impositivas.

La normativa incluye modificaciones en impuestos centrales que gravan la actividad económica, como el Impuesto a las Ganancias o el Impuesto al Valor Agregado, reconoce la incidencia de la inflación, y se enfoca en la capacidad contributiva como elemento determinante.

Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)


La Ley 27.802 en su artículo 177 crea el Régimen de Incentivo a Medianas Inversiones (RIMI), un régimen aplicable en todo el país con el objetivo de incentivar inversiones nacionales y extranjeras, promover el desarrollo de cadenas de valor y fomentar la creación de empleo.


Está dirigido a sujetos categorizados a través del certificado MiPyme como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (hasta Mediana Tramo 2 inclusive) que realicen inversiones productivas en bienes muebles amortizables (excepto automóviles) u obras de infraestructura, durante los primeros dos años de entrada en vigencia del régimen conforme establezca la reglamentación.


Se establecen montos mínimos de inversión según la categoría de cada empresa:
•Micro empresas: USD 150.000.
•Pequeñas empresas: USD 600.000.
•Medianas empresas Tramo 1: USD 3.500.000.
•Medianas empresas Tramo 2: USD 9.000.000.

Amortización acelerada y devolución anticipada de IVA son dos de las grandes novedades que incluye la reforma laboral.


Los beneficios son:
Amortización Acelerada: Quienes adhieran pueden deducir el gasto de la inversión realizada, en el Impuesto a las Ganancias, en plazos menores. 1 o 2 años cuando en general es de 5 a 10 dependiendo del bien.
En el caso de obras, el plazo de amortización se reduce en un 60%.


Devolución del IVA: Los créditos fiscales generados por las inversiones pueden solicitarse para su devolución luego de transcurridos 3 períodos mensuales, siempre y cuando se mantenga este saldo.

Impuesto a las Ganancias


Se modifican aspectos críticos de la Ley de Impuesto a las Ganancias (LIG) tanto a personas humanas como a sociedades.


Actualización de Quebrantos: Hasta ahora, los quebrantos impositivos se trasladaban a ejercicios futuros sin actualizarse por inflación, lo que implicaba una pérdida significativa de su valor real. Esto a lo largo de la historia ha generado múltiples conflictos y jurisprudencia a favor y en contra.


Con esta modificación, los quebrantos impositivos se actualizarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), evitando que la inflación desvalorice el beneficio fiscal de compensar pérdidas de años anteriores.
Es Importante destacar que esta modificación rige para los ejercicios que inicien a partir del 1° de enero de 2025.

Dato

US$ 150.000
La inversión mínima para que una Mipyme ingrese al Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI).


Alquileres y Venta de Inmuebles:
-Exención en Alquileres con destino “Casa Habitación”: Las rentas de estos inmuebles quedan exentas del impuesto, sin límites en cantidad de inmuebles o monto. Esta reforma se aplicará para los ejercicios fiscales a partir del 1° de enero de 2026.


-Fin del Impuesto Cedular: Se elimina el impuesto cedular sobre la venta de inmuebles para operaciones realizadas a partir del 1° de enero de 2026 por personas humanas.
Hasta ahora, las ganancias derivadas de la venta de inmuebles adquiridos a partir de 2018 estaban alcanzadas por el impuesto cedular del 15%, ahora no tributaran sobre la misma.


Tener en consideración que esto solo aplica a ventas ocasionales, no a “sujetos habitualistas” en la compra/construcción y venta de inmuebles quienes siguen tributando en la escala general.


Plazos Fijos en Moneda Extranjera: Se extiende la exención a los intereses de depósitos en dólares u otras divisas en el país. Hasta ahora, solo se encontraban exentos de tributar aquellos intereses que provenían de los plazos fijos en moneda nacional (peso argentino).


Merece la pena destacar que a la fecha estas modificaciones están pendientes de reglamentación, como también de la regulación que establezca ARCA para cuestiones operativas.

¿Qué impacto tienen estas reformas?


Preservación del Capital en Sociedades: La tan esperada actualización de quebrantos por IPC es vital en contextos inflacionarios. Antes, una pérdida de años anteriores quedaba totalmente desactualizada frente a los ingresos nominales actuales, obligando a las empresas a pagar impuestos sobre ganancias ficticias.


Liquidez Financiera: El RIMI mejora el flujo de caja de las MiPyMEs mediante la amortización acelerada y la devolución rápida de IVA, funcionando como un “autofinanciamiento” ante la falta de crédito bancario accesible.

En el contexto económico argentino estos cambios pueden resultar un respiro financiero y potencial empuje para que “la rueda vuelva a girar”.


Incentivo al Mercado Inmobiliario: La exención en alquileres y la eliminación del impuesto cedular buscan reactivar la oferta de vivienda, muy golpeada en los últimos años, al disminuir la carga fiscal del propietario.


Formalización del Ahorro: Al eximir los plazos fijos en dólares, se incentiva a los ahorristas a canalizar divisas hacia el sistema financiero formal. Esto en consonancia con las modificaciones realizadas previamente en la ley de inocencia fiscal.

Conclusión


La reforma impositiva de la Ley 27.802 introdujo un paquete variado de incentivos, promoviendo la inversión y reduciendo cargas en ciertos sectores.

En el contexto económico argentino estos cambios pueden resultar un respiro financiero y potencial empuje para que “la rueda vuelva a girar”, resta esperar ponerlos en práctica para cuantificar la repercusión de los mismos. Sin embargo, los beneficios establecidos en esta ley deben equilibrarse con los riesgos fiscales que asume el Gobierno Nacional en términos de recaudación.


Quedamos a la espera del pronunciamiento de ARCA respecto a los temas que quedan pendientes de aclarar o a la reglamentación por parte del poder Ejecutivo para disipar estas cuestiones.


La reciente publicación de la Ley 27.802, conocida como “Ley de Modernización Laboral” no solo introduce cambios en materia laboral, sino que también incluye importantes reformas impositivas.

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