Reforma impositiva: exenciones para alquileres, venta de inmuebles y rentas financieras, ¿qué hay de nuevo?
Los puntos claves están incluidos dentro de la reforma laboral que se enviará este jueves al Congreso.
Dentro de la reforma laboral, el Gobierno nacional decidió incluir un extenso capítulo con modificaciones en la estructura impositiva, que contempla rebaja en ganancia y eliminación de tributos para incentivar la inversión.
Una de las principales apuestas para la reactivación de la economía es la sanción de la ley de Inocencia Fiscal, que busca movilizar los ahorros (en pesos y en dólares) que están “bajo el colchón” y no se vuelcan al consumo por temor a persecuciones fiscales.
Régimen de Inocencia Fiscal: qué dice la reforma propuesta por el estado
Esta iniciativa busca aumentar los montos sujetos a denuncia penal bajo la Ley Penal Tributaria. La base de esta propuesta es la adhesión voluntaria al Régimen Simplificado de Ganancias.
Quienes se adhieran podrán usar libremente los «dólares del colchón». La adhesión otorga un «efecto tapón fiscal,» garantizando que a la persona no se le preguntará sobre el origen del dinero utilizado para la compra de bienes (inmuebles, autos, viajes) o inversiones financieras.
Reformas del Gobierno: los cambios en el IVA
Alícuota Reducida para el Agro: se propone aplicar una alícuota reducida del 10.5% (en lugar del 21% general) a la energía eléctrica que sea utilizada específicamente en sistemas y/o equipos de riego destinados al sector agroindustrial.
Qué pasa con el Impuesto a las Ganancias
A. Rebajas y Exenciones para Personas Humanas e Inversiones
- Exención por Alquileres de Vivienda: Se exime del impuesto a las ganancias a la renta obtenida por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda (habitación). Esta exención se amplía para incluir el valor locativo. Esto busca aumentar la oferta de propiedades en alquiler para vivienda.
- Exención en la Venta de Inmuebles: Se exime del impuesto a las ganancias (15% sobre la utilidad) a la venta de inmuebles que hayan sido comprados a partir del 1 de enero de 2018. Esta exención aplica a personas humanas que no se dedican a la compraventa de inmuebles. Adicionalmente, la venta de inmuebles afectados a vivienda quedará exenta a partir del 1° de enero de 2026, siempre que se cumplan las condiciones reglamentarias.
- Exención de Rentas Financieras: Se eximen del impuesto a las ganancias a las personas humanas que inviertan en rentas financieras, incluyendo acciones, obligaciones negociables y ADRs, salvo monedas digitales. Se eliminan las limitaciones actuales al eximir la compraventa de valores, incluso cuando no coticen en mercados autorizados.
B. Empresas y Productores
- Actualización de Quebrantos: Se habilita que los quebrantos impositivos (pérdidas fiscales) generados a partir del ejercicio 2025 se actualicen por IPC entre el cierre del ejercicio de origen y el ejercicio de compensación, lo que ofrece un tratamiento más justo frente a la inflación acumulada.
- Reducción del Impuesto a las Ganancias Empresarial: Se modifica la escala progresiva. Las empresas que estaban en la escala del 30% pasan al 27%, y las que están en la escala del 35% pasan al 31.50%. Esta modificación tiene efecto para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2026.
- Incentivo Ganadero: Se equipara el tratamiento impositivo de la cría y la invernada en la evaluación de los inventarios. Además, se permite a los productores ganaderos de invernada y feedlot optar por métodos alternativos de valuación de existencias y utilizar índices de la Ley 23.079 para la categorización de vaquillonas y novillos.
- Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI/RINI): Establecido para inversiones productivas de $150.000 o más. El beneficio principal es una amortización acelerada de bienes muebles nuevos amortizables y obras, permitiendo que el valor de compra se amortice más rápido (en lugar de 5 o 10 años). Esto resulta en un pago menor y anticipado del impuesto a las ganancias.
Eliminación de Impuestos Internos
Se elimina el impuesto interno para: automóviles y motores, telefonía celular y satelital, embarcaciones y aeronaves de recreo, objetos suntuarios y motos. Se mantendrán los impuestos internos para tabacos, bebidas alcohólicas, cervezas y bebidas analcohólicas, jarabes, extractos y concentrados.
También se propone la eliminación del impuesto de 10% a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos y sobre la venta y locación de videogramas grabados.
Se deroga el Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual que imponía una tasa proporcional (entre 0.5% y 5%) sobre la facturación bruta de medios audiovisuales y señales, incluyendo publicidad, programas, contenidos, abonos y cualquier otro ingreso vinculado a la explotación del servicio.
Dentro de la reforma laboral, el Gobierno nacional decidió incluir un extenso capítulo con modificaciones en la estructura impositiva, que contempla rebaja en ganancia y eliminación de tributos para incentivar la inversión.
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