“El Colegio controla el ejercicio del abogado. Esta es la tarea que más les molesta…”

Ante las manifestaciones del doctor Virgilio Sánchez, publicadas por el diario “Río Negro” el día 14 de diciembre de 2011, el Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén hace saber que: El Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén es una persona jurídica de derecho público no estatal, creada por la ley 685 en el año 1972. Como tal y por delegación del Tribunal Superior de Justicia de la provincia del Neuquén, tiene a su cargo la atribución que la Constitución provincial ha otorgado a dicho Poder en el artículo 240 inc. h), esto es: llevar la matrícula de abogados. Llevar la matrícula de abogados es tal vez, así escrito, una simple tarea sin mayor complejidad, pero si se analiza sin pasiones –a las que vamos a referirnos luego– no cabe sino considerarla como una tarea compleja. En la provincia del Neuquén, todo profesional egresado de una facultad de Derecho, pública o privada, debe matricularse en uno de los Colegios Departamentales para ejercer su profesión. El Colegio verifica si el peticionante reúne los requisitos fijados y se expide sobre la solicitud presentada (art. 16, ley 685). De igual manera otorga credencial, dejando constancia en los registros del tomo y folio y número de matrícula, comunicando tal circunstancia al Tribunal Superior de Justicia y a los respectivos juzgados, como también al Colegio de la provincia del Neuquén. Es ante el Consejo Directivo del Colegio que el matriculado presta juramento de desempeñar legalmente la profesión, observando la Constitución y las leyes, tanto de la Nación como de la provincia, y así lo hizo oportunamente el letrado Sánchez. Luego el Colegio es el que controla el ejercicio profesional. En efecto, a su cargo y por el procedimiento que establece la ley referida, ejerce el poder disciplinario. Esta tarea es tal vez la que, a colegas como el que escribe, más les molesta. No es esa función –tampoco– una tarea fácil, implica analizar objetivamente las faltas cometidas en el ejercicio profesional, que muchas veces producen verdaderos perjuicios económicos a la comunidad. Sobre dichos trámites ilustra la página en internet del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén, www.abognqn.org (Tribunal de Ética-Digesto on-line). El actuar del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén no se agota en las funciones referidas anteriormente en forma sintética. Así, afirmamos que es un verdadero colaborador en la actividad jurisdiccional y legislativa del Estado. No sólo para oponerse a la sanción de una ley determinada o en su caso impugnar una ya dictada, sino también para aportar al Poder Legislativo los conceptos y conocimientos adquiridos y discutidos en los distintos Institutos que nutren al Colegio Departamental. Ejemplo de ello es la participación activa en el proyecto de la reciente ley de Procedimiento Penal. Con una biblioteca de más de 7.000 volúmenes a disposición de cualquier ciudadano, con un servicio de internet que permite a los matriculados el acceso a providencias dictadas en los expedientes, administrando asimismo casillas individuales a todos los matriculados, con la suscripción de convenios con distintas obras sociales amparando al matriculado y su familia, con cobertura por fallecimiento e incapacidad para los colegas, con una actividad académica singular, con cursos de posgrado, maestrías y doctorado en distintas ramas del derecho y en convenio con universidades públicas nacionales, el Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén es una de las instituciones de vanguardia en la Patagonia. A través de su Consultorio Jurídico Gratuito para personas que carecen de bienes suficientes para el acceso al servicio de Justicia, el Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén ha atendido sólo en el año en curso a más de 500 personas, las que no son sino parte de un grupo familiar. Lamentamos las desafortunadas opiniones de personas que pasan por la vida mirando el quehacer de los demás sin realizar un verdadero aporte a la comunidad, buscando espacios destacados de exposición con total desconocimiento de la realidad, sobre la que opinan gratuitamente y compelidos por la sola pasión de una decisión justificada y contraria a sus intereses, como en el caso particular fuera una vinculada al ejercicio profesional del Dr. Sánchez (http://www.jusneuquen. gov.ar/index.php/servinter/abogados-suspendidos). Alberto Ricardo Aparicio DNI 10.438.157 Vicepresidente del Consejo Directivo del Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén


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