El ex Fiscal Carosio irá a juicio oral
El Superior Tribunal confirmó el rechazo al acuerdo de partes porque falta el resarcimiento al Estado por los perjuicios.
Judiciales
El ex Fiscal de Estado, Alberto Carosio tendrá -indefectiblemente- un juicio oral ordinario por la mala liquidación y el pago indebido por parte del Estado provincial en los convenios con los estudios jurídicos. El Superior Tribunal de Justicia confirmó el rechazo de la Cámara, la cual, no había aceptado un acuerdo donde Carosio aceptaba su culpabilidad y se lo condenaba a un pena de tres años de prisión en suspenso.
En ese momento, la Cámara analizó que el entendimiento no preveía una indemnización al Estado provincial aunque se admitía un perjuicio ocasionado a la administración pública, que se estima en varios millones de pesos. En principio, el delito acordado por Carosio consistía en “administración infiel en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”, fijándose un pena de “tres años de prisión en suspenso”.
En su fundamento, la Cámara -integrada por Eduardo Roumec, Ariel Gallinger y Rolando Gaitán- rechazó el acuerdo del juicio abreviado porque no existía “ninguna acción civil” de la provincia y se consideró que era incompleto “en relación a todas las consecuencias comprensivas de la acción delictual” admitida por Carosio.
El acuerdo en el marco del juicio abreviado fue planteado por el fiscal, Hernán Trejo, y el defensor Adrián Dvorzak. Ambos presentaron recursos en el STJ para insistir con esa coincidencia. Allí, las partes insistieron que la “indemnización por el daño material” no correspondía al análisis de la Cámara pero el tribunal superior entendió que la inclusión de la Cámara tiene fundamento porque formó parte de los “planteos previos que se les hicieron en oportunidad de la audiencia”. Considera que existe una contradicción en la Fiscalía cuando sostiene “ausencia de atribuciones para revisar el acuerdo en la temática”, pero admitió que “la consideraba innecesaria”. El STJ compartió el criterio de la Cámara al resaltar la inexistencia de acción civil contra Carosio frente a la necesidad de una reparación económica y desestimó el argumento del fiscal Trejo de la tramitación de un expediente porque esa demanda se dirige al abogado Juan Zalesky.
Al final, insiste que el ministerio Público “no pueden venir ahora” a cuestionar “un requisito que evidentemente había consentido como regla general” pero “considerando, de modo erróneo que era innecesario para el caso, mientras que la defensa no dio una respuesta adecuada a la reparación en tratamiento”. Concluyó que los recursos debían rechazarse y que el expediente se regrese para la “inmediata continuidad del trámite” y “la adopción de una decisión que solo tendrá por efecto la realización del juicio común”.
La postura de Ricardo Apcarian fue respaldada por Liliana Piccinini y Enrique Mansilla mientras que Sergio Baratto y Gustavo Guerra Labayén se abstuvieron.
Carosio fue fiscal de Estado en los dos gobiernos de Miguel Saiz y, a partir del 2004, se firmaron convenios con los estudios jurídicos de restitución de fondos por “aportes extraordinarios” a la Caja de Previsión Social, posteriormente declarados inconstitucionales. El exfuncionario omitió “formular las observaciones” a “las liquidaciones presentadas por los distintos estudios jurídicos”, “actuando fraudulentamente y con el fin de procurar para sí y para terceros un lucro indebido, violando también con su actuar los deberes a su cargo, y de tal modo habría perjudicado los intereses confiados, defraudando al Estado provincial y causando un perjuicio patrimonial”.
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