El gato, el ratón, el dólar… ¿Y mientras tanto?

Recientemente, se ha publicado la nueva resolución general de AFIP 3450/13 (B.O. 18/03/13) que sustituye el régimen de percepción del 15% dispuesto en el 2012 para compras realizadas en el exterior mediante tarjetas de débito y de crédito. La actual normativa no sólo establece la aplicación del 20% sino que incorpora nuevos supuestos pasibles de percepción entre los cuales se destacan el alcance de compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, adquisiciones de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo, adquisiciones de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país, entre otros. La medida dispuesta por el “gato” de alguna manera pretende acorralar a aquellos “ratones” que a partir del corralito cambiario han gestado a través del rubro turístico una gran cantidad de operaciones irregulares tendientes a promover la fuga de divisas al exterior. Tal es así que han sido detectadas importantes maniobras vidriosas (fugaductos) que dieron origen al inicio de acciones judiciales por violación al régimen penal cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero (pago de paquetes ficticios, 15.984 adquisiciones de moneda extranjera por parte de particulares sin concretar la salida del país, firmas fantasma, sociedades pantalla, etcétera). Mientras tanto, aquellos contribuyentes que se dedican genuinamente a la actividad turística en el exterior continúan sufriendo las crecientes trabas que debilitan la potencialidad de su actividad, sumado a que quienes pueden justificar correctamente su capacidad contributiva no logran acceder a una suma de divisas razonable para concretar su viaje (no todo puede abonarse con tarjeta). A su vez, es una realidad que el corralito cambiario ha creado un monstruo, pues el efecto “no deseado” del dólar oficial/“blue” ha gestado una actividad económica en sí misma con una gran rentabilidad en juego, lo cual conduce a los ratones a desesperarse aún más por este “queso” tan preciado. Sin duda que esta carrera por controlar la divisa no cesará y continuarán emergiendo medidas paliativas. Sería importante comenzar a reparar en evaluar cómo hacer para enjaular sólo a los ratones malhechores, sin perturbar la libertad de aquellos que pagan sus impuestos y sin entorpecer el buen funcionamiento de quienes desarrollan legítimamente la actividad turística. (*) Contador Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar

Juan Cruz Tonelli (*) – consultorio@csbya.com.ar

CONSULTOR IMPOSITIVO


Recientemente, se ha publicado la nueva resolución general de AFIP 3450/13 (B.O. 18/03/13) que sustituye el régimen de percepción del 15% dispuesto en el 2012 para compras realizadas en el exterior mediante tarjetas de débito y de crédito. La actual normativa no sólo establece la aplicación del 20% sino que incorpora nuevos supuestos pasibles de percepción entre los cuales se destacan el alcance de compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, adquisiciones de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo, adquisiciones de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país, entre otros. La medida dispuesta por el “gato” de alguna manera pretende acorralar a aquellos “ratones” que a partir del corralito cambiario han gestado a través del rubro turístico una gran cantidad de operaciones irregulares tendientes a promover la fuga de divisas al exterior. Tal es así que han sido detectadas importantes maniobras vidriosas (fugaductos) que dieron origen al inicio de acciones judiciales por violación al régimen penal cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero (pago de paquetes ficticios, 15.984 adquisiciones de moneda extranjera por parte de particulares sin concretar la salida del país, firmas fantasma, sociedades pantalla, etcétera). Mientras tanto, aquellos contribuyentes que se dedican genuinamente a la actividad turística en el exterior continúan sufriendo las crecientes trabas que debilitan la potencialidad de su actividad, sumado a que quienes pueden justificar correctamente su capacidad contributiva no logran acceder a una suma de divisas razonable para concretar su viaje (no todo puede abonarse con tarjeta). A su vez, es una realidad que el corralito cambiario ha creado un monstruo, pues el efecto “no deseado” del dólar oficial/“blue” ha gestado una actividad económica en sí misma con una gran rentabilidad en juego, lo cual conduce a los ratones a desesperarse aún más por este “queso” tan preciado. Sin duda que esta carrera por controlar la divisa no cesará y continuarán emergiendo medidas paliativas. Sería importante comenzar a reparar en evaluar cómo hacer para enjaular sólo a los ratones malhechores, sin perturbar la libertad de aquellos que pagan sus impuestos y sin entorpecer el buen funcionamiento de quienes desarrollan legítimamente la actividad turística. (*) Contador Chinni, Seleme, Bugner y Asoc. www.csbya.com.ar

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