El TSJ ratificó absoluciones en el caso Aigo

Rechazó las impugnaciones extraordinarias de la querella y fiscalía.

Caso Aigo

SAN MARTÍN DE LOS ANDES (ASM).- La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia ratificó el fallo del Tribunal de Impugnación que absolvió a Marcos Fernández y Analía Godoy, condenados en primera instancia por los delitos de falso testimonio y encubrimiento calificado en el homicidio del policía José Aigo.

En concreto, los jueces Leila Martínez y Evaldo Moya rechazaron la impugnación extraordinaria presentada por el Ministerio Público y la querella, a la vez que reprocharon conductas a los fiscales.

El Tribunal de Impugnación estuvo integrado en noviembre del 2014 por los jueces Fernando Zvilling, Florencia Martini y Alfredo Elosú Larumbe, quienes habían dejado sin efecto la condena de primera instancia a tres años de prisión en suspenso contra Fernández y Godoy.

Desde el contenido crítico a la presentación de la fiscalía y la querella, la decisión de la Sala Penal apunta a que durante las audiencias no quedó facticamente probado el delito imputado, y ratificó el criterio seguido por el Tribunal de Impugnación en ese sentido para sostener la absolución. La Fiscalía había recurrido en impugnación extraordinaria al TSJ para que declarase nula la sentencia absolutoria de Marcos Fernández y Analía, por entender que aquel fallo carecía del voto de dos de los integrantes del tribunal, violaba los principios de contradicción e inmediación, y resultaba arbitrario al consignar una fundamentación aparente y no obedecer a una solución derivada del razonamiento lógico.

Pero los jueces de la Sala Penal desactivaron esos argumentos, tanto en sus aspectos formales y técnicos como desde el fondo de los cuestionamientos al contenido de la sentencia.

La nueva decisión conocida ayer sostiene que “el Tribunal de Impugnación no omitió el análisis de prueba dirimente, sino que ajustó su proceder a las reglas de la sana crítica evaluando los medios de prueba en forma conjunta”.

Asimismo, interpretó que el Tribunal de Impugnación obró de manera correcta al evaluar la presentación de información y fotografías aportadas por los acusados para colaborar con la investigación (parte de la prueba abordada en juicio), y los acusadores “tampoco pudieron comprobar, de manera fehaciente, que los imputados conocieran los datos personales de los autores del delito precedente (por el homicidio de Aigo)”. El fallo ratificatorio de la absolución dice que “desde la fiscalía se emplearon conjeturas falsas.

ANTECEDENTES

Marcos Fernández y Analía Godoy habían sido acusados y condenados por supuestamente encubrir a los autores del asesinato de Aigo, ocurrido el 7 de marzo de 2012 en proximidades de Junín de los Andes. Luego serían identificados como presuntos autores Jorge Antonio Salazar Oporto y Alexis Cortes Torres, dos ciudadanos chilenos que eran buscados en su país por pertenecer a organizaciones políticas clandestinas y enfrentarse a tiros con Carabineros. Aún permanecen prófugos.

Fernández conducía a los sospechosos en su camioneta cuando Aigo y otro oficial los detuvieron para un control de rutina. En esa ocasión, Salazar Oporto mató a Aigo a balazos y por la espalda, para darse a la fuga con su compatriota. Fernández y el hasta entonces apodado como “el chino”, Salazar Oporto, tenían domicilios en un paraje cercano a El Bolsón.


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