En Río Negro, proponen que sindicalistas declaren bienes pero todo seguirá reservado

El oficialismo presentó un proyecto para obligar a los gremialistas, vinculados al Estado provincial,  a presentar declaraciones juradas, como ya realizan las autoridades provinciales. Pero, no se pueden conocer.

Un proyecto del oficialismo propone que los dirigentes sindicales tengan la obligación de presentar sus declaraciones juradas de bienes. Esta exigencia -que ya alcanza a las autoridades de los tres Poderes- lleva 20 años en Río Negro, pero sigue siendo reservada cuando Nación permite que cualquier ciudadano conozca esa información presentada por el funcionario público.

Esta semana, los legisladores de JSRN, Facundo López y Lucas Pica propusieron reformas a la ley 3550 de Ética de la Pública, que fue sancionada en el 2001, con autorías de Eduardo Chironi, Carlos González y Guillermo Grosvald.

La modificación extiende la obligación de la exposición de sus bienes a la dirigencia sindical con vinculación con fondos públicos. Así, se propone  un “sometimiento voluntario” a esa presentación por parte de las “asociaciones de empresarios, de profesionales, comunitarias y sociales y toda entidad” que administre “derechos e intereses colectivos”, y  los gremios que “no reciban aportes estatales por ley”. En cambio, se incorpora la obligación para “agentes públicos” integrantes de las conducciones de gremios, que “reciban aportes estatales creados por ley provincial”.

Desde su sanción, la ley 3550 registro varias reformas, pero se mantuvo inalterable la reserva del estado patrimonial de las autoridades, incluyendo funcionarios de los tres Poderes, jueces, legisladores, entre otros.

 El artículo 16 de la norma fija la “confidencialidad de los datos”, planteando que el Tribunal de Cuentas deberá preservarla y, “excepcionalmente, tendrá el deber de informar” por pedido del “interesado”, por la Justicia, “comisiones investigadoras, organismos impositivos o por pedido de los titulares de los Poderes en “relación a funcionarios de su dependencia”.

Se conocen pocas difusiones de declaraciones juradas en Río Negro. Entre ellos, en el marco de una causa penal, se hizo público la presentada por el ex ministro Daniel Sartor, en una investigación de enriquecimiento ilícito entre el 2008 y 2009.

El ex juez del STJ, Luis Lutz publicaba la suya ya que el artículo 17 de la norma ofrece la difusión voluntaria de “sus remuneraciones y su declaración patrimonial en el Boletín Oficial”.

Más reciente, ATE avanzó con la información de bienes, que en el 2016 inició el entonces secretario general Rodolfo Aguiar y, luego, lo mantiene su sucesor Rodrigo Vicente. Fue el propio Aguiar quien reaccionó enseguida al proyecto de Juntos, valorando “terminar con la impunidad en el sindicalismo” pero además pidió “hacer públicas las declaraciones de los políticos”.

Un reclamo: la difusión de la información de cargos públicos

El dirigente sindical Rodolfo Aguiar -que informa su patrimonio- valoró la iniciativa de los legisladores de JSRN pero también reclamó que las declaraciones juradas de los cargos políticos sean abiertos y no permanezcan cerradas.

Apoyó la obligatoriedad para dirigentes de entidades de empresarios, profesionales y otras que administren derechos e intereses colectivos”.

Aún así, Aguiar reclamó a la Legislatura que se avance en las modificaciones pero se debe “completar con la obligación de dar a publicidad las declaraciones de los funcionarios. Por ahora -agregó- se hacen a sobre cerrado, y ha sido imposible para cualquier ciudadano poder acceder a su contenido”. Se remontó a su sanción para preguntarse “que se tenían para esconder. Los políticos tienden siempre cuando legislan a reservarse para sí, numerosos privilegios”, señaló el dirigente.

Nación difunde esa información

La ley 26.857 de la Nación, del 2013, establece que las declaraciones públicas “son de carácter público, de libre accesibilidad y podrán ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través de Internet”.

Las mismas “son publicadas por la Oficina Anticorrupción, a los 10 días hábiles de la entrega de la documentación por parte del funcionario. Se requiere por la pagina Web con la inscripción de los datos personales del solicitante.


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