Tribunal internacional rechazó las demandas de Orazul contra Argentina por políticas energéticas

Un tribunal de Ciadi laudó a favor de Argentina en el arbitraje solicitado por la empresa española Orazul en 2019. La firma había demandado que hubo políticas energéticas que no protegieron su inversión para la operación ni dieron un marco regulatorio estable.

Un tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) laudó a favor de Argentina en el arbitraje iniciado en 2019 y solicitado por Orazul, concesionaria del complejo hidroeléctrico Cerros Colorados en Neuquén. La empresa española había alegado que distintas políticas energéticas aplicadas a partir de 2003 «no protegieron su inversión ni dieron un marco regulatorio estable». Además, reclamó al país una indemnización de 504 millones de dólares, que tampoco fue aprobada.

Orazul fue la primera empresa en solicitar al Ciadi un arbitraje contra el Estado argentino en 2019. Con poco más de tres años de tratamiento, el tribunal decidió rechazar la totalidad de las demandas hechas a través de un laudo enviado a las partes ayer jueves. En el escrito, al que accedió Energía On, se brinda un detalle de las denuncias de Orazul.

La firma alegó que el Estado Nacional violó distintos puntos del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) Argentina-España. Entre ellos, se encuentra no brindar tratamiento justo y equitativo entre las firmas; que el Estado afectó su operación con «medidas irrazonables, arbitrarias y discriminatorias«; y que no protegió a Orazul y a sus inversiones al no ofrecer seguridad jurídica y normativa.

También, apuntó que el país expropió las inversiones de Orazul de manera ilegal. A estos reclamos se suma la denuncia de que Argentina incumplió las obligaciones que contrajo con respecto a las inversiones de Orazul en la Ley de la Electricidad y los Acuerdos del Fondo para Inversiones que Permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Mayorista (Foninvemem), entre otros.

Las medidas a las que refiere Orazul fueron establecidas por el país desde el 2003. Con ellas modificaron el marco regulatorio de la electricidad. Según apuntó la firma, iban a ser de carácter temporal y deberían haber sido revertidas en el 2006 o desde entonces, lo que no sucedió. Orazul señaló que se redujeron de forma sustancial los ingresos de los generadores de energía eléctrica.

«Crearon un régimen de precios discriminatorio, e impidieron que los generadores de energía eléctrica cobraran sus ingresos. La Demandante aduce que las medidas de Argentina en el sector de generación de energía eléctrica perjudicaron su participación accionaria en Argentina y violaron disposiciones múltiples del TBI Argentina-España», señala el tribunal en el laudo.

Por eso, Orazul había solicitado una indemnización «por el monto necesario para eliminar todas las consecuencias de los incumplimientos del Tratado por parte de Argentina». Lo había estimado por el monto de 667,3 millones de dólares más intereses y costos sobre la base de incumplimientos sobre los Precios Spot y Pagos por Potencia a mediados de 2006, que para febrero de 2010 se redujo a 504 millones de dólares.

Desde la defensa del Estado Nacional, llevada a cabo por integrantes a cargo de la Procuración del Tesoro, subrayaron que Orazul se benefició de las regulaciones del mercado eléctrico y de los acuerdos celebrados en forma voluntaria con el gobierno. En cualquier caso, la Demandada sostiene que cumplió sus obligaciones y que los reclamos resultan» excesivamente exagerados».

Con una extensa exposición de los argumentos de las partes involucradas, el tribunal de Ciadi decidió rechazar todas las demandas puestas por Orazul. Señaló su jurisdicción a los reclamos y definió que cada parte deberá soportar sus propios costos y la mitad del arbitraje. «Todas las demás reclamaciones y petitorios se rechazan», subrayaron.

«Habiendo resuelto que la Demandada no violó ninguna obligación en virtud del derecho internacional, el Tribunal rechaza, de igual modo, la reclamación de indemnización e intereses de la Demandante», por lo que Argentina no deberá pagar el monto millonario solicitado por Orazul.


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