Estos son los principales puntos del proyecto de ley de aborto legal

En la iniciativa enviada por el poder Ejecutivo, la interrupción voluntaria del embarazo está permitida hasta la semana 14 de gestación.

El proyecto de legalización del aborto enviado por el presidente Alberto Fernández ya ingresó en el Congreso. Su tratamiento comenzará en la Cámara de Diputados. También fue remitida la iniciativa conocida como de «Mil días», de cuidado integral durante la primera infancia.

A continuación los puntos centrales del proyecto de legalización:

– Las mujeres y otras personas con capacidad de gestar tendrán derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria de su embarazo (IVE) hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional. Después de ese plazo se habilitan dos causales: violación y riesgo de salud o de vida para la persona gestante.

-Podrá hacerse en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento.

-Previo a la realización se exigirá el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

-Posteriormente a la práctica se ofrecerá un acompañamiento (consejería) que no será obligatorio.

-En los casos de personas menores de 13 años de edad podrán acceder a la IVE mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal.

-En los casos de adolescentes de entre 13 y 16 años de edad, se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En dichos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales.

-Si se tratara de una persona con capacidad restringida por sentencia judicial y la restricción no tuviere relación con el ejercicio del derecho a abortar podrá prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento ni necesidad de autorización previa alguna.

-Quienes objeten la práctica podrán hacerlo de forma individual siempre y cuando:

a. Mantegan su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión.

b. Deriven de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.

c. Adopten todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.

d. Cumplan con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.

-El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.

La cobertura de la práctica será total y quedará incluida en el Plan Médico Obligatorio (alcanza no solo al sistema público sino a las obras sociales y prepagas).

-El proyecto remarca que los Estados nacional y provinciales están obligados a implementar la ley 26.150 de Educación Sexual Integral y promover políticas activas para el fortalecimiento de la salud de toda la población.

Punición. Mantiene la pena de 3 a 10 años a quien realice un aborto sin consentimiento y la reduce de 3 meses a 1 año en caso de hacerlo con consentimiento, pero fuera de los plazos. Castiga con 3 meses a 1 año al personal de salud que dilate, obstaculice o niegue un aborto. Penaliza de 3 meses a 1 año a la persona gestante que aborte por fuera de los supuestos.


El proyecto

Ley – Regulación Del Acceso a La Interrupción Voluntaria Del Embarazo by rionegrocomar on Scribd


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