En qué consiste el Plan de los Mil Días que presentó hoy Fernández

La iniciativa se debatirá junto con la legalización del aborto. Apunta a las maternidades deseadas con un sistema de protección para embarazadas y niños y niñas de hasta tres años.

Junto con el proyecto para garantizar el aborto legal, seguro y gratuito en el país, el presidente Alberto Fernández presentó hoy el Plan de los Mil Días «que busca bajar la mortalidad, la malnutrición y desnutrición» y que «protege los vínculos tempranos, el desarrollo emocional y físico y la salud de las personas gestantes y de sus hijos hasta los 3 años”.

La iniciativa, que lleva el nombre oficial de “ley de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia”, incorpora una batería de medidas que incluyen respaldo económico a través de una nueva asignación, la promoción de talleres y capacitaciones en cuidado, la provisión gratuita de insumos fundamentales para el embarazo y la crianza durante los primeros años y hasta la creación de líneas gratuitas de atención en todas las provincias.



Asignación por Cuidado de Salud Integral: se pagará una vez al año por cada niño o niña menor de tres años a cargo para quienes sean beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo, siempre que acrediten haber cumplido con el plan de vacunación y control sanitario. El monto será equivalente al contemplado en esta asignación, en su rango más alto.

Extensión de la Asignación por Embarazo: pasará de seis a nueve mensualidades, contemplando la totalidad del tiempo de gestación.

Eliminación de requisitos de antigüedad: las asignaciones por nacimiento y adopción se empezarán a pagar una vez acreditado el hecho ante la Anses, sin requisito de antigüedad en el empleo. El beneficio se extenderá también a beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo.

Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos: será para garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos. Los profesionales médicos intervinientes deberán emitir los Certificados Digitales de Hechos Vitales.

Atención integral: el ministerio de Salud deberá diseñar un modelo de atención y cuidado integral de la salud específico y adecuado para la etapa del embarazo y hasta los tres años de edad, desde la perspectiva del derecho a la salud integral de las mujeres, otras personas gestantes, niños y niñas, y teniendo en cuenta las particularidades territoriales de todo el país.

Capacitación de profesionales y personal interviniente para la aplicación de la ley y otras vinculadas.

Equipos comunitarios: se articularán con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para promover el acceso de las mujeres y personas gestantes y de los niñas y las niños hasta los tres años a los servicios de salud pertinentes, a la gestión de trámites, a los espacios de atención para casos de violencia por motivos de género, a la asistencia social y a las correspondientes prestaciones de la seguridad social.

Provisión de insumos: deberá ser pública y gratuita para las mujeres y otras personas gestantes durante el embarazo y para los niños y las niñas hasta los tres años. Incluirá medicamentos esenciales, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento saludable.

Talleres y espacios de formación: será para las familias sobre cuidados de la salud integral, desarrollo y vínculos tempranos, alimentación saludable, lactancia materna y prevención de las violencias.

Protección para situaciones específicas de vulnerabilidad: se organizarán servicios de salud para niños y niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años (antecedentes de parto pre término; cardiopatías congénitas; otras malformaciones o enfermedades congénitas, genéticas o metabólicas que impliquen un alto riesgo o impacto en la salud y calidad de vida), personas que cursen embarazos de alto riesgo (trombofilia), mujeres y personas gestantes en situación de violencia por motivos de género y niñas y adolescentes embarazadas.

Guía de Cuidados Integrales para la Salud: se deberá publicar en formato accesible y la difundirán todos los establecimientos sanitarios, tanto públicos como privados, que cuenten con atención obstétrica y/o pediátrica, dispositivos territoriales de cada organismo con competencia en la materia, y en todos los medios posibles.

Líneas gratuitas de atención: se incorporarán a las ya existentes para atender consultas telefónicas y brindar asesoramiento en cada provincia.


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