Fiscal pidió pena ejemplar pero absolvieron a acusado de homicidio
NEUQUÉN (AN).- En un juicio por un homicidio, el fiscal Rómulo Patti le pidió a la Cámara Criminal Segunda una condena para el imputado “que sea un claro mensaje a la sociedad, a quienes están vinculados con un hecho que costó la vida de un joven”. Pero los jueces no sólo absolvieron al acusado por falta de pruebas; además le contestaron que no es su función enviar mensajes y que las condenas “no cumplen la misión de modificar la conflictividad social”. La sentencia conocida ayer se refiere al asesinato de Nicolás Poo, un adolescente de 16 años, ocurrido el 8 de enero de 2012 en el barrio Islas Malvinas de Neuquén. Cerca de la medianoche alguien le disparó varias veces y le causó la muerte. Como imputado llegó a juicio un joven de 19 años apodado “Pelado”, y la prueba principal para la fiscalía era la declaración de un testigo presencial. Patti reclamó que impongan 13 años de prisión y manden el “mensaje”. El fiscal encuadró el caso en “la confrontación existente entre jóvenes, que muy frecuentemente se da en este tiempo en forma cada vez más constante”. También habló en su alegato del “deceso de jóvenes víctimas de la propia intemperancia”. Una posición muy distinta adoptó la Cámara a través del voto del juez Fernando Zvilling, al que adhirieron Florencia Martini y Héctor Dedominichi. En principio, absolvieron al imputado porque el testigo principal de la fiscalía no vio el momento del disparo ni vio al acusado con un arma en la mano. Este detalle, sumado a “la existencia de versiones encontradas y contradictorias” entre los demás testigos, llevó a los jueces a “una duda que inexorablemente beneficia al imputado”. Además, los camaristas respondieron al fiscal: “En el proceso de revalorización de los derechos de las víctimas, fenómeno que se diera en los últimos años, no faltaron voces que postularon un cambio de paradigma, al extremo de reivindicar el in dubio pro víctima en reemplazo del in dubio pro reo (la duda en beneficio de la víctima y no del imputado). Es claro que semejante posición no respeta los principios básicos de nuestro sistema constitucional”. Y respecto del mensaje, “ello no es la función propia de la judicatura. Al Tribunal corresponde la adopción de decisiones justas basadas en un ‘relato’ sustentado en pruebas. Es claro que ni aún en caso de condenas la pena podría cumplir con la misión de modificar la conflictividad social”.