Habilitan nuevas actividades en Fernández Oro

El Comité de Crisis resolvió adherir al decreto provincial. Los comerciantes podrán abrir las puertas de sus locales luego de que personal municipal los notifique sobre los protocolos de seguridad.

El Comité de Crisis de Fernández Oro adhirió al decreto provincial que habilita nuevas actividades en la localidad. La resolución emitida por el municipio se establece los días y horarios de funcionamiento. 

Para la apertura, cada comercio deberá aguardar la notificación que se efectuará a los propietarios, en la que se informarán y explicarán los protocolos sanitarios para cada rubro.

Los comercios minoristas y mayoristas de venta de productos “no esenciales”, podrán abrir sus puertas para atención al público de 9 a 13 los lunes, miércoles y viernes. No podrán atender el resto de los días de la semana y feriados.

Los centros de belleza, estética, peluquerías y barberías los lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19. La atención tendrá que ser por turnos los cuales serán pautados previamente por teléfono para evitar la espera. El comerciante y clientes deben asistir y permanecer durante su atención con tapabocas de manera obligatoria. No está permitido atender personas del grupo de riesgo: embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores o personas con enfermedades preexistentes.

Las capacidades máximas de atención al público o servicio a clientes, la Municipalidad de Fernández Oro estipula un máximo de dos personas pertenecientes al comercio y dos clientes; excepto en los locales menores a 10 mts2 de superficie donde la permanencia máxima no podrá exceder de una persona perteneciente al comercio y un cliente.

Se incorpora el servicio de lavaderos de autos, podrán atender al público de 9 a 19 de lunes a sábados y de 9 a 15 los días domingos.

Otra de las actividades habilitadas es la de “jardineros y parquistas”. Este servicio podrá ser prestado los lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19.

Por último, la cuarta actividad habilitada es el servicio doméstico de trabajadores adheridos al Régimen de Personal de Casas Particulares. En este caso, se prevé que el empleado pueda prestar tareas de lunes a viernes entre las 9 y las 13. Se permitirá un máximo de dos días por empleador. No podrán prestar servicios el fin de semana ni feriados.

Cada comercio recibirá una notificación desde el Departamento de Comercio y Bromatología que habilita su apertura junto al protocolo sanitario a respetar.


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