Hay cada vez más conflictos familiares en tribunales
Los conflictos familiares que llegan con más frecuencia a los tribunales siguen siendo los que involucran a menores, impulsados por padres que los utilizan como botín de guerra, y a decir de una especialista en el tema, "que tienen una patología del juicio". "Lo más problemático no está en las leyes sino en las conductas de las partes, y en los engranajes judiciales", dicen los entendidos. La situación puede derivar en graves trastornos psicológicos en los hijos.
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Las críticas o rechazo a la familia tradicional y su constitución no impide que siga siendo la institución básica de la sociedad, y que las personas -en su mayoría- aspiren a integrarla o constituirla. En la sociedad actual coexisten la familia institucional fundada en el matrimonio, y las familias ensambladas originadas en las uniones de hecho de una pareja, en la cual uno o ambos integrantes tiene hijos provenientes de un casamiento o relación anterior.
Es evidente que la familia sigue siendo el ámbito natural donde el individuo encuentra las posibilidades de desarrollo pleno, pero con la nueva realidad social cada vez son más los conflictos derivados de ese ámbito que deben resolverse en los tribunales.
La creación de los juzgados de Familia en la provincia abre una nueva perspectiva para la mejor resolución de los casos de separación, patria potestad, tenencia, cuota alimentaria, filiación, abandono, disposición de menores y adopción, y para la aplicación de la ley de Asistencia Familiar frente a los nuevos conflictos que plantea la realidad.
La ley de Asistencia Familiar genera obligaciones civiles, y en caso de incumplimientos responsabilidades penales, pero existe un círculo vicioso, con padres e hijos desocupados, donde el espíritu de la ley se queda sólo en la letra.
La norma preve que dentro del núcleo familiar existen personas que deben estar protegidas porque no pueden cubrir sus necesidades primarias, de salud y de educación -en el caso de los hijos- por sus propios medios.
Pueden estar en esas condiciones los padres de una persona que por su edad no puedan trabajar, que tengan una pensión magra que no les alcanza para el sustento, o que no tengan pensión ni jubilación. En ese caso los hijos deben concurrir a cubrir esas necesidades de alimentación, vestimenta, medicación y todo lo que signifique la contención física y espiritual, para que no queden en estado de abandono, siempre que esos hijos tengan capacidad económica.
A la vez, se dan casos de hijos mayores, casados o emancipados que están en estado de necesidad por falta de ingresos, y los padres con solvencia también están obligados a auxiliarlos.
Lo normal es que esos padres, casi siempre en forma voluntaria, acogen en sus casas a los hijos desocupados con su esposa e hijos, a veces para compartir una mínima pensión o jubilación.
Los conflictos familiares que llegan con más frecuencia a los tribunales siguen siendo los que involucran a menores, muchas veces impulsados por padres que utilizan a los chicos como botín de guerra, y a decir de una especialista: «que tienen una patología del juicio».
Para María Elena Murúa, la exposición de los menores en los tribunales les ocasiona «trastornos psicológicos que saltan en algún momento en la vida del chico, y no porque sea hijo de padres separados. El hecho de que sus padres se hayan separado no importa un trauma psicológico si la separación de los padres es madura y no pretenden hacer que los hijos sean parte de esa separación. Cuando los padres usan a los hijos se producen traumas. Con un régimen de visitas amplio y una situación bien elaborada el chico no pierde la figura del padre no conviviente y llegará a comprender la situación», aconseja.
«Si el menor está deslindado de esos problemas y los padres llegan a tribunales para resolver un fracaso, y después seguir remando para adelante, el chico no padece esos traumas ni pierde la identidad de las figuras del padre y de la madre».
Como ejemplo, la profesional recordó causas conflictivas que se prolongan por siete años o más. «Después de la separación siguen las peleas por los alimentos y los bienes, dónde, con quien y en qué mes pasan las vacaciones, o las fiestas. Hay chicos que comenzaron a vivir la separación con siete u ocho años, y llegan a los 14 o 15. A veces, a esa edad y después de tanta lucha, el hijo pide vivir con el otro progenitor. Por eso les decimos a las partes que no se aferren al chico, porque a los 15 o 16 años no lo pueden atar, y se produce otro desprendimiento traumático», explicó, concluyendo con que «lo problemático no está en las leyes sino en las conductas de las partes, y en los engranajes judiciales».
Un nuevo ámbito para resolver los problemas
Aunque aún no fue designado, a partir del año próximo los temas de familia serán tratados por un juez que se dedicará solamente a eso, acompañado por un consejero de familia, que será un psicólogo, y también intervendrá la Asesoría de Menores.
Ese juez va a tener más tiempo para dedicarle a las causas de familia y un ámbito de desarrollo más complementado que los actuales juzgados civiles, que tienen cerca de 8.000 causas cada uno, con ejecuciones, quiebras, sucesiones, daños y perjuicios y problemas de minería, entre otros temas a resolver.
Estos magistrados están abrumados por cuestiones que le impiden dedicarle el tiempo necesario a un asunto de familia, que puede parecer insignificante a simple vista pero para los litigantes es cuestión de vida o muerte. «Cuando llegan a los tribunales sin la madurez necesaria, las parejas buscan en el juez al papá, necesitan que los escuchen, y hoy ese juez no les puede dar toda la atención que requieren», comentó una abogada.
Si bien las las disputas más conflictivas son por la tenencia de los hijos y la cuota alimentaria luego de una separación, las cuestiones de filiación son muy importantes porque la Constitución y los Tratados internacionales consideran inalienable ese derecho del niño.
«Está el caso de la chica que queda embarazada y el muchacho se borra, y a veces se llega hasta el ADN y se obliga a la filiación», apuntó claramente María Elena Murúa.
«A veces la madre no va en busca de la cuota alimentaria, sino para darle a su hijo la identidad paterna. Por supuesto que una vez obtenida la identidad paterna vendrán las obligaciones de ese padre, y el conflicto que parte de su oposición a ser padre de esa criatura», agregó.
En cuestiones de Familia, la ley es muy amplia y ninguna resolución es definitiva.
Todas pueden ser revisadas, incluso el otorgamiento de tenencia de hijos y el monto original de la cuota alimentaria, origen de abundantes juicios. (AB)
Adopción, tenencia y cuota alimentaria
Algunos abogados opinan que la Ley de Adopción no tiene el dinamismo necesario y sus trabas y complicaciones empujan a las parejas a «hacer la adopción por atrás».
Para María Elena Murúa, «hay que tratar de otorgar la adopción al que tiene la actitud de adoptar por amor y no para sustituir falencias personales. El adoptante no siempre viene con la actitud heroica del amor del hijo del corazón, pero aunque no sea la mejor solución, es una buena solución para el menor sin familia o que ha sido abandonado».
A diferencia de años anteriores, ocurre con frecuencia que los jueces otorgan la tenencia de un menor al padre, porque la madre delega esa prerrogativa o porque la situación de ésta es conflictiva, y carece de condiciones para brindarle una protección adecuada.
En Argentina no está arraigada la costumbre pero cuando la tenencia la ejerce el padre, la madre debería aportar una cuota alimentaria, y el padre la puede reclamar, tenga o no ingresos la madre.
Lo más frecuente, precisamente, es el reclamo de cuotas alimentarias para hijos de padres separados. Se entiende que quien ostenta la tenencia ya está haciendo un aporte, porque para asistir a su hijo esa persona puede tener que reducir sus horas de trabajo o quizá pagarle a alguien para que lo cuide mientras está trabajando. Hay diferentes formas de aporte, pero el padre no conviviente tiene una obligación alimentaria con montos de aporte mayor al que ostenta la tenencia.
Uno de los desafíos que enfrentan los abogados en el reclamo de cuotas alimentarias es el ocultamiento de ingresos del padre no conviviente. Casi siempre es ardua la tarea para poder desentrañar dónde está el foco de ingresos para concurrir contra él.(AB)
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Las críticas o rechazo a la familia tradicional y su constitución no impide que siga siendo la institución básica de la sociedad, y que las personas -en su mayoría- aspiren a integrarla o constituirla. En la sociedad actual coexisten la familia institucional fundada en el matrimonio, y las familias ensambladas originadas en las uniones de hecho de una pareja, en la cual uno o ambos integrantes tiene hijos provenientes de un casamiento o relación anterior.
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