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Hotesur, un escándalo que solo la justicia puede remediar

Redacción

Por Redacción

Por Pablo Esteban Dávila *

El sobreseimiento de Cristina Kirchner y de sus hijos en la causa unificada Hotesur–Los Sauces amenaza en convertirse en un escándalo. El Tribunal Oral Federal N° 5 (TOF 5) así lo decidió antes de ventilar el asunto en un juicio oral y público, tal como lo manda la ley. Junto ellos, otros cinco imputados fueron declarados libres de culpa y cargo, entre ellos los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa.


Hotesur no es una causa más. En ella se investiga los delitos de lavado de activos y asociación ilícita, cargos sumamente graves que, de haber sido confirmados, hubieran significado penas de prisión efectiva. A la vicepresidenta siempre la preocupó este expediente, toda vez que en él se encontraba investigada su hija Florencia, la única que no cuenta con el beneficio de los fueros parlamentarios. Si hubiera sido hallada culpable, su destino hubiera sido la cárcel.
Este peligro, por ahora, se ha esfumado, pero las dudas sobre la decisión del TOF 5 son absolutamente válidas. A simple vista, Hotesur se asemejaba (y todavía ahora lo hace) a un ejemplo de manual sobre lavado de dinero. Hoteles vacíos, ocupados teóricamente por empresas vinculadas a la obra pública o por compañías estatales, que facturaban millones de pesos a favor de sociedades controladas por la familia Kirchner y sin que se conocieran los pasajeros reales que disfrutaban de sus instalaciones eran los fundamentos de las sospechas. Sucesivamente, una decena de jueces y fiscales intervinientes acumularon unas 450 cajas de pruebas que, como mínimo, deberían haber sido ponderadas en un juicio.


Es cierto que, en meses anteriores, Cristina ya había sido beneficiada por decisorios similares en las causas Dólar Futuro y Memorándum con Irán, pero aquellas habían llegado sumamente debilitadas a manos del TOF 5 y del TOF 8. Ambas adolecían de un problema genético: se habían originado en denuncias sobre decisiones políticas, tomadas en el marco de atribuciones constitucionales. Por más horribles que aquellas se antojaran, el Poder Ejecutivo efectivamente podía decidir aspectos relacionados con la divisa estadounidense (lo hace todo el tiempo, lamentablemente) y sobre asuntos vinculados con las relaciones internacionales, por controversiales que pudieren resultar. Para mayor abundamiento, hasta el Congreso de la Nación había participado en el proceso de aprobación del Memorándum, un aspecto que quitaba, a priori, cualquier oportunidad jurídica a la denuncia que, en este sentido, había presentado Alberto Nisman a comienzos de 2015.


Pero Hotesur no tiene ninguno de estos condimentos. Ni Dólar Futuro ni Memorándum habrían debido de progresar jamás en los estrados judiciales. Deberían haber sido desechadas sin más. Un par de jueces ya habían dictado sobreseimientos -siempre apelados- cuando estas llegaron, finalmente, a instancias del juicio oral. En ambas, la justicia no tuvo la valentía suficiente para archivarlas cuando correspondía hacerlo.


No es el caso, claramente, de Hotesur, que nada tiene que ver con decisiones políticas. Todas las instancias anteriores habían confirmado la investigación y la realización del juicio oral y público. Desde el punto de vista técnico no quedaba otra cosa que llevarlo a cabo. Y, sin embargo, los jueces Adrián Grünberg y Daniel Obligado decidieron que no era necesario, basándose en una serie de consideraciones valoradas por ellos mismos del expediente, sin escuchar ni al fiscal ni a la defensa y soslayando un previo esfuerzo jurisdiccional inconmensurable. El hecho de que Grümberg sea miembro de Justicia Legítima -esa agrupación auto incriminatoria creada por la ex procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó para certificar la pertenencia al kirchnerismo de ciertos jueces y fiscales- colabora decisivamente a las dudas que rodean el asunto, así como los antecedentes Obligado, siempre proclive a evaluar con simpatía las denuncias contra Cristina y los suyos.


Todo hace suponer que se está en presencia del un fallo hecho a medida de la expresidenta. Llega en un momento exacto: faltan algo más de diez días para que esta pierda el quorum propio en el Senado y poco más de veinte para que comiencen las fiestas de fin de año. Por más que, luego, la Cámara Federal de Casación Penal ordene la efectiva realización del juicio, los imputados habrán ganado meses preciosos, amén de un antecedente que, más allá de su arbitrariedad, ha sostenido su inocencia por primera vez desde el inicio de estas actuaciones.
Esto no tiene nada que ver con el hecho de que Cristina y sus hijos sean o no culpables. La Constitución establece el principio de inocencia como uno de los derechos y garantías más importantes del ordenamiento jurídico argentino. Más allá de lo que pueda suponerse sobre aquellos, también les corresponde esta presunción. Sin embargo, esto no significa que estén exentos de afrontar un juicio como cualquier otra persona. Esta es la instancia, precisamente, en que la justicia tiene la oportunidad de decidir si los imputados continúan siendo inocentes o se los declaran culpables de haber cometido tal o cual delito. Al no realizarse, la sospecha quedará siempre instalada.


La palabra que define la actual situación es impunidad, un término que se retroalimenta conforme el poder judicial no actúa con la celeridad debida o genera fallos como este, carentes de toda razonabilidad. Además, si se tiene que cuenta de que el Consejo de la Magistratura hace tiempo que no funciona como debe, la tentación de los magistrados a obrar fuera de la ley se vuelve cada vez más osada, toda vez que no parece existir ningún castigo por sus inconductas.


La oposición podrá chillar todo lo que pueda por la situación pero, en rigor, es poco lo que podrá hacer hasta que, eventualmente, regrese al poder y reforme de raíz la actual integración del Consejo de la Magistratura. Mientras tanto, la pelota quedará del lado de la Justicia y de sus instancias de revisión. Es ella la única que puede remedar este escándalo. Las dudas se plantean sobre la real vocación de los tribunales por ir hasta el fondo en cuestiones de por sí incómodas en un país acostumbrado a judicializar absolutamente todo. Desde este punto de vista, es imposible soslayar que el fallo de la dupla Grümberg-Obligado fue dictado a la sombra de antecedentes favorables a Cristina, tales como Dólar Futuro o Memorándum. ¿Habrán apostado a un cierto adormecimiento de la opinión pública para actuar como lo hicieron? Es probable, pero esto no hecha ninguna comprensión sobre una decisión a todas luces arbitraria y con inevitables lecturas políticas.


* Columnista de Alfil (diarioalfil.com.ar). Córdoba


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