Implementarán protocolo por violencia de género en el municipio de Roca

Todas las personas que se consideren afectadas por una situación de violencia o que observen un hecho de esas características podrán denunciar. Una comisión de Diversidad y Género abordará el tema.

Se presentó un proyecto de ordenanza que permitirá poner en funcionamiento un protocolo interno para que las trabajadoras puedan denunciar situaciones de violencia en su trabajo. Un derecho postergado está en vías de garantizarse.

En 2009, la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral de las Mujeres sentaba las bases para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en todos los espacios, tanto estatales y privados. Hoy, once años después, y en cumplimiento de esa ley, trabajadoras municipales de Roca están a un paso de conseguir herramientas concretas para hacer valer sus derechos en casos de violencia de género dentro del ámbito laboral.

A partir de la implementación de la Ley Micaela y las capacitaciones a trabajadores y funcionarios del municipio, fue como surgió la necesidad de brindar un marco regulatorio para abordar la problemática de la violencia de género puertas adentro de la institución. Así, el Poder Ejecutivo elaboró un proyecto de ordenanza que establece un Protocolo de actuación para situaciones de violencia contra mujeres y disidencias; y por primera vez, se implementarán las licencias especiales para trabajadoras en situación de violencia.

RIO NEGRO pudo acceder a las bases del proyecto a través de funcionarios municipales de varias áreas. La idea central es brindar asesoramiento, contención y acompañamiento a víctimas de violencia de género de cualquier tipo y prevé acciones a seguir ante un caso concreto dentro del ámbito municipal y esferas de trabajo.

Según el protocolo, toda persona que se considere afectada por una situación de violencia o terceras personas que presencien situaciones de violencias directas o indirectas basadas en el género, podrán denunciar.

El organismo encargado de llevar adelante el abordaje será una Comisión de Diversidad y Géneros, que deberá crearse para este fin (ver recuadro). Sus funciones principales serán, desde la recepción de la denuncia hasta el asesoramiento y el acompañamiento a la víctima.

La presentación de la denuncia se hará en la Dirección de Recursos Humanos o en la Secretaría de Desarrollo Social, donde se coordinará la inmediata intervención de la comisión. La víctima tendrá derecho a presentar la denuncia en forma escrita o a ser oída en audiencia sin la presencia del denunciado.

Luego, esta comisión elaborará un informe y podrá tomar medidas preventivas mientras la Junta de Disciplina lleva adelante un sumario, que podría terminar con la sanción que corresponda según el hecho. A las denunciantes se les debe garantizar asistencia integral y un rápido acceso.

Las sanciones previstas para este tipo de inconductas disciplinarias están en los artículos 150 y 151 de la Ordenanza Municipal 3215/2000, el Estatuto del empleado municipal. De acuerdo a la gravedad, los denunciados tendrán distintas sanciones.

Según indicaron desde el municipio, actualmente no hay sumarios en curso por violencia de género, porque no existía hasta el momento esa tipificación; sin embargo, aseguran que la “perspectiva de género” ya estaba incorporada en los casos investigados.

En la ordenanza, se entiende por violencia contra las mujeres a toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, basada en una relación desigual de poder; afecte la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de una mujer, así como también su seguridad personal.

Cinco medidas preventivas y urgentes

El protocolo prevé una serie de medidas a tomar en el ámbito laboral para resguardar a la víctima, una vez finalizado el informe del la Comisión de Diversidad y Géneros. Las medidas que pueden tomarse según el caso son:

1- Garantizar que las personas involucradas en la denuncia no compartan el mismo espacio físico laboral.

2- Disponer que presenten servicios en distintos horarios.

3- La prohibición de acercamiento de la persona denunciada a la persona en situación de violencia.

4- Trasladar del lugar de funciones cuando las medidas anteriores resulten insuficientes o de imposible cumplimiento.

5- Hacer uso de la licencia especial por violencia de género con un máximo de 20 días hábiles por año.

Una comisión específica

La Comisión de Diversidad y Géneros será el órgano de aplicación del protocolo y deberá estar compuesto por tres integrantes: una de la Dirección de Recursos Humanos, una de Desarrollo Social y una de Asuntos Jurídicos de la municipalidad. El Ejecutivo las designará por el período de dos años. Las competencias de este organismo son:

Intervenir ante la denuncia formulada por cualquier trabajador/a del Estado Municipal (sea permanente, de planta, transitoria, contratada o designada).

Aplicar el procedimiento previsto en este protocolo en el caso que lo amerite.

Brindar asesoramiento en el proceso de actuación por violencia de género.

Poner a disposición y/o tramitar apoyo psicológico para la contención de la denunciante.

Procurar un adecuado seguimiento de los casos, teniendo como principios rectores; el respeto y la privacidad, la contención, acompañamiento, la no re-victimización y la confidencialidad.

Realizar un informe y elevarlo a la Junta de Disciplina para que intervenga. Allí se iniciará un sumario administrativo.


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