Juicios por jurados: qué dijo el juez que declaró inconstitucional la suspensión

Héctor Leguizamón Pondal resolvió ayer ante un caso de abuso sexual que debía ser analizado bajo esa modalidad. El STJ y la Procuración habían acordado con cancelarlos de manera excepcional por la pandemia.

El juez Héctor Leguizamón Pondal declaró inconstitucional la ley provincial que suspendió los juicios por jurados en el marco de la pandemia por coronavirus y consideró que reemplazar el jurado por por jueces técnicos, aunque sea en forma excepcional, es violar una garantía básica de la persona llevada a juicio. 

En una audiencia realizada ayer en Bariloche, Leguizamón Pondal debió resolver cómo avanzaba un juicio por abuso sexual, cuyas etapas previas ya se habían cumplido antes del inicio de la cuarentena y que se encaminaba a un juicio por jurados. Esto en razón de que la pena pretendida por el fiscal, Martín Govetto, superaba de antemano los 12 años previstos para convocar a un tribunal de ciudadanos comunes. Si el pedido de pena fuera menor, actuarían jueces profesionales. 

Leguizamón Pondal explicó que en esa instancia la fiscalía le pidió la aplicación de la ley 5.442, dictada a fines de junio, que suspendió `por seis meses los juicios por jurados, justificada en la concentración de personas que implicaría y la imposibilidad de garantizar el aislamiento. Pero el abogado defensor, Manuel Mansilla, se opuso y esgrimió el derecho de su defendido a comparecer ante un jurado popular.

El fiscal llegó a proponer una reducción de la pena por la que estaba dispuesto a acusar, para que encuadre en un juicio tradicional, con jueces profesionales, pero Leguizamón lo consideró inviable porque esa definición corresponde a una etapa del juicio “que ya está cerrada desde noviembre pasado”. 

Finalmente le preguntó al propio acusado si estaba dispuesto a renunciar al juicio por jurados y ante la negativa, decidió dictar la inconstitucionalidad de la ley de suspensión. 

“Nunca puede contrariarse lo que dice la Constitución y el juicio por jurados está allí claramente establecido como una garantía para la persona acusada”, le explicó el magistrado a RÍO NEGRO.

Agregó: “El hombre dijo que no quería renunciar, que quería ser juzgado por sus pares -refirió el juez-, de modo que yo estoy obligado a hacer cumplir las garantías expresadas en la Constitución, que es expresión de la soberanía del pueblo y está por arriba de la ley”. 

Sobre la posibilidad de encuadrarlo como un juicio con pena menor a 12 años, a pedido del fiscal, lo cual tornaría innecesario la constitución de un jurado, Leguizamón dijo que era una decisión que corresponde a una etapa previa y aceptar esa salida hubiera significado “retrotraer” el proceso y desconocer garantías que “operan para que haya seguridad jurídica”. 

La ley de suspensión de los juicios por jurado fue dictada el 30 de junio por impulso del Ejecutivo provincial y contaba con el aval de la presidente del Superior Tribunal de Justicia, Liliana Piccinini, y del procurador general Jorge Crespo, quienes señalaron la “imposibilidad práctica” de llevar adelante los juicios bajo ese formato en el actual contexto de pandemia. 

En Bariloche se realizó el primer juicio por jurados de la provincia en marzo pasado, que terminó en un fallo absolutorio.

Entre los juicios pendientes que por su gravedad debían hacerse bajo esa modalidad había dos de Bariloche, ambos por abuso sexual. En uno de ellos se produjo ayer el pronunciamiento de Leguizamón Pondal, quien dijo que ahora el fiscal puede impugnar esa decisión. Sin embargo a su entender la realización del juicio por jurados debería seguir adelante, “ya que hay antecedentes de casos similares en otros lugares del país”.


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