Con 19 años, fue a la justicia a reclamar la cuota alimentaria de sus padres para terminar la escuela

La joven es de Roca y no vive con su padre ni su madre, pero aún así hizo valer su derecho para administrar ella misma su dinero. ¿Adónde se puede acudir por un tema similar?

Su situación familiar y la necesidad de encontrar una solución a su solvencia económica, llevó a una joven de 19 años de Roca a acercarse a la Defensa Pública de Río Negro. En la justicia, intentó obtener una prestación alimentaria por parte de su madre y también recibir la que le correspondía por su padre.

La chica está terminando sus estudios secundarios y no convive con sus progenitores pero entendía que podía solicitar una cuota alimentaria a su favor. Así lo hizo, a los fines de sostener su calidad de vida diaria y garantizar sus derechos.

La chica intenta generar dinero a través de trabajos temporales o «changas» pero no la alcanza y por eso requirió de este recurso, para poder terminar sus estudios.

Según se establece en el Código Civil, los alimentos son obligatorios hasta los 21 años de una persona. Luego de esa edad, hay que demostrar otros factores como por ejemplo que el hijo o la hija que estudia no puede trabajar por la carga horaria de la universidad, regularidad en el estudio y demás.

«En este caso, lo que buscamos es que la joven pueda administrar por su cuenta ambas prestaciones alimentarias», señalaron los funcionarios que representan a la chica.

“A veces sus ingresos se distribuyen sin discernimiento ni equilibrio, si bien el dinero correspondiente a la cuota alimentaria es, en la mayoría de los casos, percibido por quienes realizan el reclamo, en este caso al residir la joven en otro domicilio, fue ella quien requirió asumir el manejo de dichos fondos, en el porcentaje que le correspondía”, aclaró la defensora.

En esta situación se continúa el trámite iniciado contra el padre y se inicia otro contra la madre, ya que en este caso a ambos les corresponde asumir la obligación alimentaria.

En el expediente se fijó un porcentaje a su favor que percibiría de manera directa, ya que se buscó determinar que se encuentra en condiciones de asumir el manejo de dicho dinero, teniendo presente su edad.

Ahora, falta que la jueza que interviene en este expediente dicte su resolución tras el pedido de la defensoría.

A dónde recurrir


“Los hijos e hijas de progenitores que atraviesan un reclamo alimentario, u otro tipo de reclamo, tienen y pueden ejercer su derecho a buscar asesoramiento y patrocinio en la defensa pública”, explicaron desde la Defensoría a partir de este caso.

Quienes necesiten asesoramiento o consultar sobre este tema o similares pueden dirigirse al Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) más cercano a tu casa. Uno por uno, donde están ubicados (Click acá).


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