Condena efectiva por grooming en Allen: fingía ser adolescente para acosar a menores por redes sociales

Un hombre de 46 años fue condenado a dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo tras admitir su responsabilidad en delitos de acoso electrónico contra dos adolescentes de 14 años.

Redacción

Por Redacción

Un hombre de 46 años fue condenado a dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo tras admitir su responsabilidad en delitos de acoso electrónico contra dos adolescentes de 14 años en Allen. El imputado utilizó perfiles falsos en Instagram y WhatsApp para engañar a las víctimas, en un caso que pone de relieve la importancia de la denuncia familiar temprana.

El «modus operandi»: engaños por Instagram y WhatsApp


Los hechos, que fueron reconocidos por el condenado en un juicio abreviado, ocurrieron en diciembre del año pasado. Según la investigación fiscal, el hombre contactó a los dos menores fingiendo ser una adolescente de su misma edad.

A través de esta identidad falsa, el agresor solicitaba a las víctimas el envío de fotografías de contenido sexual o desnudos, con el objetivo final de vulnerar su integridad sexual. La fiscalía destacó que el imputado actuó de manera sistemática en varias oportunidades hasta que fue descubierto.

Claves de la investigación: tecnología y Cámara Gesell


El éxito de la causa se fundamentó en un robusto cuerpo de pruebas técnicas y testimoniales. Entre los elementos que permitieron cerrar el acuerdo de condena se encuentran el análisis de OITel con los informes técnicos de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones.

También se suman los peritajes realizados por el Laboratorio de Informática Forense sobre los dispositivos secuestrados en el allanamiento.

Del mismo modo se incorporó el resultado de la Cámara Gesell con las declaraciones de los adolescentes, respaldadas por informes de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

La fiscalía subrayó que el proceso fue posible gracias al «canal de comunicación asertivo» entre las familias y las víctimas, lo que permitió una denuncia rápida y el accionar inmediato de la justicia.

Juicio abreviado y prisión inmediata


El imputado, asistido por la defensa pública, aceptó los cargos por el delito de «acoso electrónico a menores con afectación a la Ley 26.061». Al reconocer su autoría y contar con antecedentes penales previos, se acordó una pena de 2 años y 8 meses de prisión efectiva.

El juez de la causa homologó el acuerdo tras confirmar que el acusado comprendía el alcance de su confesión. De esta manera, el hombre comenzó a cumplir su condena de forma inmediata en esta jornada.

Prevención: la importancia del entorno familiar


Desde el Ministerio Público Fiscal destacaron que este caso es un ejemplo de cómo la intervención temprana puede evitar daños mayores. La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes sirve como marco para castigar estas conductas que, bajo el anonimato de las redes sociales, buscan captar víctimas vulnerables.


Un hombre de 46 años fue condenado a dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo tras admitir su responsabilidad en delitos de acoso electrónico contra dos adolescentes de 14 años en Allen. El imputado utilizó perfiles falsos en Instagram y WhatsApp para engañar a las víctimas, en un caso que pone de relieve la importancia de la denuncia familiar temprana.

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