Confirman condena a 10 años de prisión para un abusador sexual en Bariloche

La defensa dijo que "los hechos no existieron" y recurrió al Tribunal de Impugnación, que el último martes decidió ratificar el fallo original.

Redacción

Por Redacción

El abogado defensor de un hombre que sometió a abusos sexuales repetidos a la hija de su pareja y fue condenado a 10 años de prisión pidió la nulidad de la sentencia, pero el Tribunal de Impugnación provincial consideró inadmisibles los argumentos presentados en favor del imputado.

En octubre pasado un tribunal de juicio barilochense declaró la responsabilidad del sujeto por el delito de abuso sexual con acceso carnal en casos reiterados, agravado por la “guarda” de la menor que resultó víctima, que tenía 10 años.

La denuncia había sido presentada por la madre de la menor y conviviente del agresor, quien tenía amenazada a la niña con “prender fuego la casa” y matarlas a ambas si revelaba lo ocurrido.

El defensor Diego Moreno presentó un recurso ante el Tribunal de Impugnación en el que pidió la “nulidad total” del fallo adverso para su representado. Dijo que los hechos imputados “no existieron” y que el hombre era “inocente”.

En su alegato ante el TI dijo que hubo inconsistencias en el fechado de los hechos (que ocurrieron entre febrero y octubre de 2023) y sostuvo que el Tribunal en esa materia habló del “día de las elecciones nacionales” como uno de los momentos en los que ocurrieron los abusos, a pesar de que la fiscalía no lo había señalado.

También cuestionó los testimonios aportados por los psicólogos actuantes y por la médica del hospital que examinó a la víctima después de los abusos y dijo no haber constatado lesiones. Sembró dudas sobre el relato de la niña en cámara Gesell y dijo que la sentencia habla de “casos análogos” para fundamentar sus conclusiones, cuando “la analogía se encuentra prohibida en los tribunales”.

El fiscal Gerardo Miranda rechazó los “agravios” de la defensa y pidió “confirmar íntegramente la sentencia”. Dijo que la impugnación solo presentaba “discrepancias subjetivas” y que el tribunal de juicio analizó las pruebas de manera “conglobada”, y arribó a conclusiones indubitables.

Para el fiscal el testimonio de la víctima en cámara Gesell fue “contundente, consistente y carente de contradicciones y de influencia de terceros”. Aun así, en su última intervención, el defensor insistió en que el acceso carnal “no fue comprobado” en el juicio.

Nada alcanzó para torcer lo resuelto en primera instancia


El Tribunal de Impugnación, puesto a definir, decidió rechazar el recurso de la defensa y confirmar la sentencia condenatoria a 10 años de prisión contra el hombre que -al momento de ser detenido- en estado de exaltación, dijo que se había mandado “una cagada”, según testimonio de los policías.

Los jueces Carlos Mussi, Adrián Zimmerman y Miguel Cardella dijeron de todos modos que “las conclusiones de culpabilidad no se apoyan en alguna frase que pudo decir el imputado” en el momento de la detención sino “en los sólidos argumentos que se construyen a partir del testimonio de la niña y de su madre.

Señalaron que la defensa “no pudo acreditar las influencias” que atribuyeron al relato de la menor. Observaron que por la concordancia de sus versiones y por las “reacciones emocionales” que evidenciaron ni la nena de la madre “tenían motivos para inventar los hechos”.

Sobre la falta de stress post traumático (también apuntada por el defensor para atacar el fallo) citaron lo declarado por un psicólogo forense, según el cual “puede que la víctima no haga síntomas (de ese síndrome) al contar con un entorno que la contenga”. Incluso otro psicólogo propuesto por la defensa, señaló que “el relato de la niña es veraz”.

Los jueces del TI consideraron que “el resultado de la prueba testimonial, psicológico, médico y los indicios concordantes permiten seguir el razonamiento del tribunal para concluir la responsabilidad del imputado”.


El abogado defensor de un hombre que sometió a abusos sexuales repetidos a la hija de su pareja y fue condenado a 10 años de prisión pidió la nulidad de la sentencia, pero el Tribunal de Impugnación provincial consideró inadmisibles los argumentos presentados en favor del imputado.

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