Gennuso enfrenta una causa penal por desviar fondos para crear plazos fijos en Bariloche

La causa se abrió por una derivación del caso Techo Digno, en el que está imputada María Eugenia Martini. Se encuadra en la figura de peculado, que implica penas de 2 a 10 años de prisión.

El exintendente Gustavo Gennuso deberá rendir cuentas ante la Justicia por un millonario desvío de fondos nacionales que estaban destinados a la construcción de viviendas y constituir plazos fijos con ese dinero, en una “vulneración del regular desenvolvimiento de la actividad patrimonial de la administración pública municipal”.

Así lo describió el fiscal Guillermo Lista, en el informe de su investigación preliminar y el pedido de formulación de cargos contra Gennuso, que todavía no tiene fecha y se realizaría en marzo próximo, con una imputación por “peculado”.

Para ese delito el Código Penal prevé una pena de prisión o reclusión de 2 a 10 años. Según el fiscal, el exintendente “quebrantó la esfera de administración y custodia sobre esos caudales (los destinados a las viviendas), la cual le había sido confiada en razón de su cargo y mediante lo establecido en los convenios celebrados con el Estado nacional”.

La imputación contra Gennuso no surgió de ninguna denuncia puntual, sino como derivación de la causa denominada “Techo digno”, en la que están investigados su antecesora en el cargo, María Eugenia Martini, junto a otros intendentes de la provincia.

Las evidencias que complicaron al exintendente de JSRN surgieron “en el marco del análisis de la prueba documental que se produce continuamente en en el legajo Techo Digno”, según reveló una fuente judicial. Los hechos que le atribuyen a Gennuso ocurrieron en 2016, durante su primer año de gobierno.

Lista señaló en su escrito de acusación que cuando se hizo cargo de la intendencia, en diciembre de 2015, Gennuso quedó a cargo de gestionar la continuidad de dos planes de viviendas pactados entre el municipio y el gobierno nacional, que aportaba los recursos.

El primero era por 376 unidades habitacionales, firmado por Martini en 2013. El otro por 495, acordado en 2015. Ambos estaban ya licitados, en varios paquetes, con la ejecución a cargo de las empresa Alusa y Oriente.

Según el fiscal, la administración local tenía por convenio “la obligación de pagar contra avance de obras certificadas por el propio municipio”, además de presentar “rendición de cuentas mensual y detallada a la subsecretaría de Desarrollo Humano y Vivienda, que demuestre el uso dado a los fondos”. También tenía impuesto “restituir de forma inmediata los montos no rendidos al Estado nacional”.

La información obrante en la causa indica que cuando Gennuso se hizo cargo del municipio la cuenta del banco Nación en la cual se recibía el dinero para los planes de viviendas acumulaba 157,9 millones de pesos, correspondientes a la totalidad de los desembolsos del convenio de 2013 y a 7 de los 9 correspondientes al del año 2015. Una celeridad y eficiencia en los envíos por parte del Estado nacional que bien harían falta hoy para asegurar el avance de otras obras públicas.

Pase de cuentas y plazos fijos


La imputación de Lista detalla que Gennuso autorizó el 7 y 8 de enero de 2016 dos transferencias de la cuenta del banco Nación a otra del banco Credicoop por 90 y por 10 millones de pesos respectivamente. “Tras ello ordenó la constitución de un plazo fijo por la suma de 100 millones” con vencimiento el 7 de abril de ese año, completó el fiscal. Luego los renovó en otros diez plazos fijos hasta el 26 de diciembre de 2016.

Apuntó el fiscal que Gennuso “dispuso de los mencionados 100 millones para de ese modo apartarlos de la referida cuenta y de los controles que sobre aquella la municipalidad local debía ejercer”.

Como segundo hecho le atribuyó haber autorizado el 1 de noviembre de 2016 el débito de un cheque de 5 millones desde el banco Nación a la misma cuenta del Credicoop, seguido por la conformación el 2 de noviembre de un plazo fijo por esos 5 millones con vencimiento el 26 de diciembre de ese año.

“En síntesis -completó Lista-, del monto total del saldo en cuenta al momento de su asunción, de 157.915.000 pesos, Gustavo Gennuso sustrajo por fuera de la esfera de custodia de la administración municipal la suma de 105 millones de pesos que no fueron destinados a su fin específico ni restuitudos al Estado nacional”.

Consideró que con esa maniobra el jefe comunal “vulneró el regular desenvolvimiento de la actividad patrimonial de la administración pública municipal, amén de la confianza pública en él depositada”.

El fiscal entendió que corresponde aplicarle la figura legal de “peculado”, que castiga al funcionario público que “sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo”.

La conducta reprochable, según Lista, es que Gennuso haya derivado el dinero a otro banco para obtener un rendimiento financiero “a sabiendas de que la referida cuenta del banco Nación era aquella que había sido designada para recibir los desembolsos provenientes de Nación, y que desde allí debían ser destinados a su fin específico”, es decir el pago de los avances de obra en los planes de vivienda.

Ahora el exintendente deberá enfrentar la formulación de cargos y participar con abogado propio en la etapa probatoria que se abrirá de allí en más. El fiscal ya propuso en su escrito la incorporación de abundante de documentación, “evidencia contable y bancaria” y el llamado a declaración de unos 35 testigos.


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