El STJ le dio la razón al Tribunal de Contralor de Dina Huapi en un conflicto de poderes

El órgano fiscalizador había creado un cargo político no previsto en la ordenanza y el Concejo Municipal lo impugnó, pero el STJ dijo que invadía la independencia de otro poder.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró inconstitucional una resolución del Concejo Deliberante de Dina Huapi que había anulado otra similar del Tribunal de Contralor dictada el año pasado, por la cual se creó la secretaría administrativa de ese cuerpo.

El litigio que debió saldar la Justicia puso la mira en la potestad del Contralor para generar cargos políticos dentro de su órbita. Desde el Concejo, que tiene mayoría opositora, cuestionaron la decisión del Contralor de agregar una secretaria con funciones administrativas a las asesorías letrada y contable, que sí tiene reconocidas por ordenanza.

El STJ consideró que la Carta Orgánica Municipal le otorga al Concejo de Dina Huapi un rol de “control de gestión y fiscalización del cumplimiento de las ordenanzas”, pero eso no incluye “la atribución de declarar la nulidad de una resolución dictada por otro órgano del gobierno municipal, con efectos revocatorios”.

Observó que el Contralor “goza de autonomía funcional suficiente”, con atribuciones “sobre el departamento Ejecutivo y el propio Concejo Deliberante”. En consecuencia, dictaminó que la resolución emitida por el Deliberante “vulnera la división de poderes”.

La nulidad de la designación política en el Contralor había sido emitida con el voto de los concejales opositores Mónica Balseiro (Juntos Somos Río Negro) y Gabriel Páez (Movimiento Popular Dina Huapi), sin el aval de la presidente Paola Noguerol (UCR), que quedó en minoría.

Según el fallo que redactó el juez Sergio Barotto, con el dictado de su cuestionada resolución 005(2025) el Deliberante invadió “un campo funcional que no le es propio”. Por lo tanto decidió “hacer lugar a la acción” impulsada por la presidencia del Contralor (hoy a cargo de José Gelain) y declarar la inconstitucionalidad de la medida adoptada por el Concejo.

Observó que el poder legislativo, con la resolución atacada, “excedió su competencia”, porque la Carta Orgánica del municipio no lo habilita a declarar la nulidad de una resolución del TC, “que goza de independencia”.

Los jueces Sergio Ceci y Ana Piccinini votaron en coincidencia con Barotto, mientras que Ricardo Apcarian y Cecilia Criado se abstuvieron. De esto último se tomó el concejal Páez para subrayar que el voto no fue unánime y podría ser recurrido, algo que evaluarán en el Deliberante.

El conflicto sigue abierto

Páez defendió lo actuado, y a pesar del revés judicial insistió en que la ordenanza que regula el procedimiento del Tribunal de Contralor “les prohíbe la creación del cargo político” extra que agregaron a su organigrama.

Reconoció que la secretaría administrativa pudo haber contribuido a ordenar el funcionamiento de ese órgano, pero que “no es esa la discusión”, y que en todo caso debieron generarla por un cambio de ordenanza. Señaló que no tienen decidido si van a apelar, porque tanto el pago del nuevo cargo como los honorarios de abogados “ponen en juego fondos públicos”.

El asesor letrado del Contralor e impulsor de la demanda, Alejandro Pschunder, fue menos contemplativo. Dijo que “los concejales cometieron un grave error, porque son soberbios” y adelantó que habrá otras derivaciones, como “un pedido de juicio político” contra Balseiro y Páez.

Aseguró que el fallo “lo que dice en definitiva es que el Tribunal de Contralor es el que controla al Deliberante, y no al revés”, y que el cuerpo fiscalizador “tiene independencia para designar su propio personal”.


El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró inconstitucional una resolución del Concejo Deliberante de Dina Huapi que había anulado otra similar del Tribunal de Contralor dictada el año pasado, por la cual se creó la secretaría administrativa de ese cuerpo.

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