Estafa con planes sociales en Neuquén: si hay condena, podrán rematar los bienes de los imputados

Dispusieron un embargo preventivo e inhibición general de bienes de los acusados de participar de la asociación ilícita.

La jueza Carina Álvarez decretó el embargo e inhibición general de todos los bienes de los imputados en la causa iniciada por la estafa con planes sociales en Neuquén. Esto incluye inmuebles, vehículos, cuentas bancarias (salvo las cuentas sueldo) y billeteras virtuales, en los que se determine que están a nombre de la o el sospechoso.

La legislación «se ha preocupado por el recupero de los activos, principalmente de hechos de corrupción donde se ha utilizado el aparato estatal para perjudicar a una comunidad», dijo la magistrada en una resolución dictada este martes al mediodía.

Agregó: «En este caso, que se investiga una asociación ilícita, la fiscalía me pide dictar cautelares para evitar la pérdida de fondos obtenidos ilegalmente, para inmovilizar los bienes de los imputados para hacer frente al decomiso, para hacer frente a la restitución de los bienes y hacer frente a la reparación integral» del daño.

Según la jueza Álvarez, «la restitución procede aun cuando la cosa obtenida ilegalmente haya sido un bien fungible como el dinero, y cuando ese dinero hubiera sido transformado o sustituido».

Se sospecha que algunos de los imputados compraron inmuebles y vehículos con el dinero que correspondía a las personas vulnerables.

El embargo e inhibición que decretó la jueza es amplísimo: alcanza incluso a los bienes adquiridos antes de septiembre del 2020, el límite más lejano de la actual etapa de la investigación fiscal. Y a cada uno de los 30 imputados les embargó hasta cubrir el total del perjuicio estimado hasta el momento: 153.377.900 pesos.

En cifras, dictó 30 inhibiciones generales de bienes y 6 sobre propiedades inmuebles: una chacra y 5 casas. También dictó los embargos de 26 vehículos, 63 cuentas bancarias, 17 billeteras virtuales y una cuenta comitente.

El embargo se dictó «sobre los derechos y acciones» la chacra y la vivienda del IPVU de Ricardo Soiza, exdirector de Planes Sociales; y del exministro de Desarrollo Social, Abel Di Luca. También sobre la vivienda del ex Coordinador Provincial, Tomás Siegenthaler, «siempre y cuando se encuentre a su nombre».

La jueza aclaró que cuando se trate de bienes en copropiedad, serán embargados «en su proporción a la titularidad».

Muchos imputados y abogados se conectaron por Zoom, pero falló el audio. (Matías Subat)

El embargo e inhibición alcanza a los otros dos señalados como líderes de la asociación ilícita, Néstor Pablo Sánz y Marcos Ariel Osuna.

Otro que quedó dentro de la medida fue el abogado Alfredo Cury, exdefensor de la mayoría de los imputados y que ahora es un acusado más.

A todas y todos los señalados como miembros de la banda, que cumplían rol de extractores o reclutadores, les embargaron automóviles, cuentas bancarias y billeteras virtuales, salvo la cuenta sueldo.

En todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros».

Artículo 23 del Código Penal de la Nación

La jueza señaló además que tomaba la medida, fundada en el artículo 23 del Código Penal, porque «se encuentra verificada la materialidad y participación y perjuicio, con el grado de sospecha que se exige en este ámbito de la investigación preliminar».

«La proporcionalidad de la medida tiene que ver con el peligro a cautelar, que en este caso es garantizar el decomiso, el recupero del dinero, y la reparación integral por el daño. El perjuicio fue definido en 153.377.900 pesos. La obligación de reparar el daño es solidaria entre todos los responsables», dijo también.

El lunes, la jueza había autorizado la prórroga de la investigación por ocho meses más, a pedido de la fiscalía que lideran Pablo Vignaroli y Juan Manuel Narváez, debido al volumen de material que deben analizar y procesar para realizar una pericia contable que permita establecer el monto total de la maniobra.

La fiscalía se comprometió a realizar el juicio oral durante 2024, una meta que parece difícil de alcanzar.

Los embargos e inhibiciones fueron cuestionados por todas y todos los abogados defensores, quienes pidieron la revisión de la medida.

La magistrada basó su decisión en el artículo 23 del Código Penal. (Matías Subat)

La audiencia de este martes se transmitió por Zoom, y muchos imputados y sus letrados la siguieron por esa plataforma. Pero el audio fue pésimo, y terminaron pidieron revisión «aunque no sé de qué, porque no escuché nada y no sé cuál es la resolución», como dijo uno de los abogados.

«El problema de audio no es imputable a la Oficina Judicial. Podían asistir de manera presencial», respondió la jueza, quien el día anterior había ofrecido la conexión por Zoom para quienes lo desearan.


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