Femicidio de Silvia Cabañares: no le extendieron la prisión preventiva al acusado y podría quedar en libertad

La jueza de garantías consideró que no se presentaron elementos nuevos que reforzaran la hipótesis acusatoria. Otro tribunal deberá revisar la decisión.

En una audiencia desarrollada hoy en los tribunales de Cipolletti, una jueza de Garantías resolvió no prorrogar la prisión preventiva del hombre acusado por el femicidio de Silvia Cabañares, ocurrido en Balsa Las Perlas en agosto de 2023.

La magistrada consideró que no se presentaron elementos nuevos que reforzaran la hipótesis acusatoria ni se acreditaron riesgos procesales vigentes que justificaran la continuidad de la medida. Según el fallo, las pruebas reunidas durante la investigación no sostienen la sospecha inicial, y los testigos incorporados no mantienen vínculos con el imputado ni manifestaron temor, amenazas o interferencias.

Pese a la resolución, la liberación no se hará efectiva de inmediato, ya que otro tribunal deberá revisar la decisión. Si la medida es confirmada, el acusado recuperará la libertad bajo monitoreo electrónico.

La investigación


El hombre fue detenido el 24 de abril de 2024 en Balsa Las Perlas, en el contexto de la causa que investiga la muerte de Cabañares, cuyo cuerpo fue hallado el 26 de agosto de 2023 en un sector alejado de la zona urbana, con múltiples heridas de arma blanca.

La Fiscalía de Homicidios de Cipolletti, junto con la Brigada de Investigaciones local y el Departamento de Seguridad Personal de Neuquén, llevó adelante la investigación preliminar. Las tareas incluyeron entrevistas, allanamientos, secuestro de elementos, pericias, análisis de cámaras de seguridad y de dispositivos electrónicos. Además, se procesaron más de 120.000 comunicaciones telefónicas, lo que permitió reconstruir parte de los movimientos previos al hecho.

Posturas enfrentadas


Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó que la prisión preventiva se extendiera hasta febrero de 2026, aludiendo a que aún restaban pericias sobre ADN, armas, cartuchos y archivos extraídos del teléfono del imputado. Argumentó que la gravedad del delito y el riesgo de entorpecimiento justificaban mantener la medida. La querella acompañó ese pedido.

La defensa, por su parte, se opuso. Alegó que no se habían incorporado pruebas nuevas que vincularan al acusado con el hecho, y destacó que las geolocalizaciones no lo ubicaban en la escena del crimen, que los rastros genéticos no coincidían con su perfil y que no existían referencias a la víctima en su teléfono. También cuestionó la solidez de ciertos testimonios y remarcó la ausencia de relación entre ambos.

Fundamentos del fallo

En su resolución, la jueza concluyó que ya no persisten las condiciones que motivaron la prisión preventiva. Sostuvo que los riesgos procesales iniciales “se desdibujaron”, que los testigos no manifestaron temor ni presión alguna y que no se acreditó vínculo entre el imputado y la víctima. Además, señaló que el análisis de los dispositivos secuestrados no arrojó información nueva que modificara el cuadro probatorio.

La magistrada ordenó la libertad del imputado con control mediante monitoreo electrónico, aunque la medida quedará en suspenso hasta que un juez o jueza de revisión resuelva el recurso interpuesto por la fiscalía.

El marco legal


De acuerdo con el Código Procesal Penal de Río Negro, la prisión preventiva es una medida de carácter excepcional. El principio general establece que las personas imputadas deben atravesar el proceso en libertad, y que la detención solo procede cuando existen riesgos procesales concretos, como peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación.

La norma también impone límites temporales: la prisión preventiva no puede exceder un año, salvo en causas graves o complejas, en las que puede extenderse hasta 18 meses. En todos los casos, deben priorizarse medidas menos gravosas, como la presentación periódica ante la Justicia, la caución o el monitoreo electrónico.

La causa de abuso en Neuquén


Cabañares había sido víctima de un abuso sexual grupal en Neuquén, poco tiempo antes de ser encontrada asesinada.

Por esa causa, su excuñado Félix Darío García; Jairo Luciano Laurín, alias Tano y Raúl Horacio Vidal, alias Chino fueron condenados a cumplir 11 años de prisión; mientras que Oscar Alejandro Guerrero, alias Tata cumplirá 8. El juicio fue en el 2024.

Los cuatro fueron declarados responsables de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas por un jurado popular. Las penas las impuso un juez técnico, Marco Lúpica Cristo.

Silvia fue abusada la madrugada del 15 de enero del 2023 en un sector conocido como La Chanchería, en Tronador y Boerr del barrio Confluencia. Era una joven en estado de extrema vulnerabilidad, paciente psiquiátrica, que el 26 de agosto apareció muerta víctima de femicidio en Balsa Las Perlas, jurisdicción de Cipolletti, Río Negro. Ese crimen está impune.

Entre los agravantes que tuvo en cuenta el juez Lúpica Cristo para fijar el monto de la pena a los cuatro abusadores, figuró que pudieron contagiarle alguna enfermedad de transmisión sexual.


En una audiencia desarrollada hoy en los tribunales de Cipolletti, una jueza de Garantías resolvió no prorrogar la prisión preventiva del hombre acusado por el femicidio de Silvia Cabañares, ocurrido en Balsa Las Perlas en agosto de 2023.

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