La justicia absolvió al imputado de instigar al suicidio a Maira Castillo, la joven de Cinco Saltos

El tribunal determinó que no se pudo probar el dolo. Los jueces entendieron que a pesar de la violencia de género que ejerció Marín, no hubo elementos que determinen la instigación.

Los reiterados episodios de violencia de género que Bruno Marín ejerció contra Maira Castillo no fueron suficientes para determinar la muerte de la joven. La justicia de Cipolletti entendió que la parte acusadora no pudo determinar en juicio la instigación al suicidio. Puntualmente, el tribunal esgrimió que no se pudo probar el dolo que la figura penal requiere, es decir la intención del imputado de persuadir a la víctima hasta el suicidio.

Tanto la fiscalía como la querella sabían que tenían la compleja tarea de acreditar que el imputado actuó con dolo en todos esos episodios para llevarla al tráfico final de la joven de 32 años, madre de dos hijos. Ese fue el argumento central que esgrimió el tribunal para definir que no existió el delito. Abonó la teoría de la defensa que en sus alegatos insistió sobre la subjetividad de la parte acusadora sobre la participación de Marín en la muerte de Maira.

En este sentido, el juez Guillermo Merlo, quien leyó parte de la sentencia, deslizó que la fiscalía no hizo hincapié en otros aspectos en la vida de vida de Maira que contribuyeron a un estado de vulnerabilidad y pudieron desencadenar en el suicidio; entre ellos el abandono de su padre, el consumo problemático y la maternidad, entre otros.


«Lo central aquí es determinar precisamente si la proposición acusatoria fue probada. Esto es, que el acusado de manera intencionada y directa como medio de dominación impidió el acceso a redes de apoyo con las que contaba Maira (…) la respuesta en consonancia con lo reclamado con la defensa se orienta que los acusadores no probaron el extremo», dijo Merlo sobre uno de los aspectos centrales de la acusación.


El tribunal entendió que la extrema violencia que se comprobó que ejercía Marín sobre Maira no impidió el acceso a una red de contención, tanto estatal como familiar, que fue la base teórica que propusieron los acusadores.


«El dolo fue soslayado o al menos no analizado con profundidad que el caso exige por parte de la fiscalía (…) No hubo en el desenlace fatal participación de un tercero que instigare al suicidio».


Fue el primer juicio en Río Negro por el delito de instigación al suicidio en contexto de violencia de género. El hecho ocurrió el 17 de julio de 2020 en Cinco Saltos. Maira, madre de dos niños, fue hallada sin vida en el interior de su vivienda particular.


Si bien desde un primer momento desde el entorno vincularon la muerte de la joven con quien era su pareja en ese momento, la autopsia determinó que se trató de un suicidio. Los familiares entendieron que la decisión se desencadenó por los constantes maltratos del imputado. Por eso la fiscalía inició la investigación con apoyo de la querella.

El voto rector fue del presidente del tribunal Julio Sueldo quien no pudo leer la sentencia por problemas de salud. Merlo y la jueza Rita Lucia votaron a favor y la resolución fue unánime. El querellante Marcelo Hertzriken Velasco tildó el fallo de «vergonzoso» y adelantó que apelarán la sentencia.

Escuchá el análisis de Natalia López en su columna de géneros en «Vos a Diario» por RN RADIO:

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