Poblador de El Manso con condena fue eximido del monitoreo electrónico para cuidar a sus animales
Las dificultades de conectividad fueron atendidas por la Justicia para dispensarlo del uso de tobillera electrónica y que pueda cumplir con las tareas rurales.
Mientras cumple en libertad condicional la etapa final de una condena por abandono de persona seguida de muerte, un criancero del paraje El Manso consiguió autorización judicial para atender sus animales en la veranada sin riesgo de sufrir sanciones por quedar fuera del alcance de las antenas de monitoreo.
La falta de un internet confiable en la zona donde vive fue considerado como un obstáculo con mérito suficiente para eximirlo del uso de tobillera electrónica. A cambio le impusieron la presentación semanal en la comisaría más cercana, ubicada a 13 kilómetros, como resguardo para evitar una fuga.
Ricardo Montero fue condenado en 2018 junto a otras dos personas por la muerte de Omar Inostroza, ocurrida siete años antes, una madrugada del 1 de enero.
Todos habían compartido la fiesta de Año Nuevo en un camping de El Manso, cuando se produjo una pelea y para escapar de sus agresores la víctima, de 20 años, se arrojó al río sin saber nadar y murió ahogado. El cuerpo fue hallado una semana después por buzos de Prefectura.
La exención en favor de Montero fue dispuesta días atrás por quien estuvo a cargo del juzgado de ejecución penal durante la feria, Víctor Gangarrosa. En una audiencia de revisión convocada hoyel tribunal compuesto por Romina Martini, Sergio Pichetto y Bernardo Campana decidió ratificarla.
La fiscal Betiana Cendón se mostró disconforme con el fallo y dijo que se reservaba el derecho de apelar. Antes había argumentado que permitir el retiro del dispositivo de control que debía portar el acusado, “sin contar con informes” previstos por ley fue una irregularidad y pidió su revocatoria.
El abogado defensor Sebastián Arrondo se manifestó en contra y justificó lo decidido por Gangarrosa. Dijo que Montero vive con su esposa y cinco hijos en su establecimiento rural, se dedica a la explotación agropecuaria y tiene “poquitos animales”, criados a campo.
Dijo que la habilitación de la feria judicial para pedir una exención en el uso de tobillera electrónica fue solicitada “ante el peligro de robo y el peligro de incendio” que pesa sobre su campo en esta época.
“Fue planteado como una situación excepcional y el juez entendió la circunstancia, que es conocida por todos”, dijo el defensor. Recordó que Montero atraviesa el final de la pena impuesta, que caduca a comienzos de 2028, y que obtuvo una rebaja de 13 meses por “estímulo educativo”, cuando permaneció privado de libertad.
Recordó que el juez Gangarrosa, como alternativa, autorizó a Montero a que concurra a firmar una vez por semana a la comisaría de El Manso. “No se va a profugar”, aseguró Arrondo. Como otro elemento a su favor, informó que el propio acusado colocó a su costo un dispositivo de comunicación on line en su vivienda, pero tiene solo un radio de 100 metros y necesita desplazarse en un radio mayor.
La diferencia entre libertad condicional y prisión domiciliaria
Los jueces escucharon a las partes y luego de delilberar unos minutos comunicaron la decisión unánime de confirmar lo resuelto en primera instancia. El juez Pichetto dijo que tomaron en cuenta que no hubo informes sobre incumplimientos previos de Montero mientras usó monitoreo electrónico (y antes del permiso), ni pedidos de fiscalía para que se le retire el beneficio.
Resaltó además que la zona donde vive y trabaja la familia Montero “claramente no tiene factibildad para hacer ese monitoreo”.
Pero aclaró que lo central en el fallo acordado con sus pares es que el acusado cursa la actual etapa de la pena en “libertad condicional”, que es distinta a la “prisión preventiva domiciliaria”, aunque ambas se controlen hoy mediante dispositivos electrónicos.
Pichetto señaló que imponerle como obligatorio el uso de la tobillera a riesgo de perder beneficios si la central de seguimiento lo pierde, es algo que escaparía a las características de la libertad condicional. “Eso directamente se llama prisión preventiva domiciliaria”, explicó.
Los jueces entendieron que “el control del Estado se cumple con la presentación en comisaría”, un recurso que “ya existía desde antes y existe hoy”, para los sitios sin conectividad.
Insistió en que “una pulsera electrónica que no permite alejarse más de 100 metros de la antena deja de ser libertad condicional y pasa a ser una prisión preventiva domiciliaria”.
Mientras cumple en libertad condicional la etapa final de una condena por abandono de persona seguida de muerte, un criancero del paraje El Manso consiguió autorización judicial para atender sus animales en la veranada sin riesgo de sufrir sanciones por quedar fuera del alcance de las antenas de monitoreo.
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