Prepagas: un revés judicial para el Gobierno podría demorar la devolución de los aumentos

La jueza que intervino en la demanda iniciada por el Ejecutivo remitió el expediente a otra causa, promovida por ciudadanos contra el DNU que en diciembre desreguló el mercado de medicina privada.

La demanda que impulsó el Gobierno nacional contra las empresas de medicina prepaga por los aumentos desmedidos en sus cuotas sufrió un revés en las últimas horas, luego de que la jueza en lo civil y comercial federal Mercedes Maquieira decidiera cambiar de manos el expediente. Esta medida podría demorar la devolución de los fondos por parte de las firmas a los afiliados, como se pretendía desde la secretaría de Comercio de la Nación.

La magistrada, en los considerandos, sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso impulsado por el Ejecutivo a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei.

Ese decreto fue el que, en diciembre pasado, permitió los aumentos de las cuotas y desreguló el mercado de las prepagas. Lo insólito ahora que es el propio Gobierno que habilitó las subas litigará en un mismo proceso junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.

En el Ejecutivo se pretendía que, en un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga, «con carácter urgente» se les ordenara dejar sin efecto «en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas» y que «solo se permita un eventual incremento», de acuerdo a un índice que establezca el tribunal.

También se buscaba con el proceso en la Justicia “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha” y un esquema de actualizaciones que siguiera el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Desde el sector empresarial, varias de las firmas apuntadas salieron a defender los aumentos, no solo cuestionando la legitimidad de la SSS para actuar, sino también la pretensión del Gobierno que era la derogación judicial de lo dispuesto por su propio DNU.


Revés para el Gobierno en la causa contra las prepagas: los argumentos de la jueza


La jueza entonces le pidió a la fiscalía que opinara sobre la competencia en el caso “en razón de la materia, el territorio y el grado, como asimismo en función de los procesos colectivos que se encuentran en trámite vinculados a la cuestión aquí debatida”. 

Con un guiño a la jueza, el fiscal Rafael Espínola advirtió que el “análisis de tales aspectos involucra, sin margen de duda, una evaluación por parte de V.S. de los alcances de la acción en trato, definiendo si la misma encuadra o no como proceso colectivo”, pero no opinó al respecto porque es “materia excluyente del Magistrado que interviene”.

Al analizar la cuestión, la jueza Maquiera sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”. 

Y subrayó: “la Superintendencia de Servicios de Salud no reclama en función de un derecho que le es propio, sino para tutelar los de los millones de afiliados a las empresas demandadas, que ‘…componen aproximadamente el 94,66% del padrón de usuarios del sistema de salud’. De esta manera, la acción es promovida por la actora como órgano de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, en virtud de cuyo rol se encontraría obligada a accionar ‘…para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios’” que resultaron perjudicados.

Según la magistrada, “debe tenerse en cuenta también que los bienes que se encuentran involucrados en el litigio -y en virtud de los cuales se acciona- revisten un claro carácter colectivo”. Y añadió que en la demanda del Ejecutivo se hace referencia a que el accionar de las demandadas “…agravia constitucionalmente EL DERECHO A LA SALUD…”. En función de ello, y en base a jurisprudencia de la Corte Suprema, la jueza sostuvo que la demanda impulsada por el Gobierno es un actor más del proceso colectivo.

Y recordó que ya existe una demanda colectiva que impulsaron afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei: la causa “Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo” que busca que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 70/2023″. 

Aquella acción de amparo fue promovida por el ciudadano Eduardo Santiago Wilson, en su carácter de asociado directo de Swiss Medical S.A., que entendió que el Poder Ejecutivo Nacional ha excedido, en forma arbitraria y manifiestamente ilegítima, sus facultades previstas en el artículo 99, inciso 3), de la Constitución Nacional, sin existir la necesidad y urgencia que en este se requieren al efecto.

El juez Juan Rafael Stinco abrió el 29 de diciembre pasado “el proceso colectivo no susceptible de división, puesto que lo que se persigue es el restablecimiento de funciones de contralor a un organismo especializado (la Superintendencia de Servicios de Salud), lo cual -según indica el Sr. Juez- ‘no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros, es decir actuales usuarios y los futuros o potenciales interesados en tales servicios’”.

“Se puede concluir que entre la causa colectiva ‘Wilson’ y estas actuaciones existe una sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva, lo que determina que ambos expedientes deban tramitar de manera conjunta ante un mismo magistrado para evitar el escándalo jurídico que implicaría el dictado de sentencias que sean contradictorias entre sí. Llego a esa conclusión no sólo porque en ambos procesos se busca tutelar a ‘la salud’ como bien colectivo e indivisible, sino también porque, si bien el objeto de uno y otro expediente difieren en cuanto a su formulación, coinciden en cuanto a su finalidad”, dijo la jueza.

Fuente: Noticias Argentinas

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