Un juez autorizó la cirugía urgente de un bebé en Neuquén a pesar de que sus padres se negaban por motivos religiosos
La resolución se dictó con el objetivo de garantizar la protección del niño que tenía un día de nacido. El equipo médico del Hospital Castro Rendón intervino al menor proveniente de San Martín de los Andes.
El juez de Familia Luciano Zani habilitó al equipo médico del hospital Castro Rendón a practicar una cirugía de urgencia a un recién nacido, luego de que sus padres se opusieran a una posible transfusión de sangre por motivos religiosos vinculados a su pertenencia a los Testigos de Jehová. La resolución se dictó con el objetivo de garantizar la protección del bebé, cuyo estado requería una intervención inmediata.
El niño, de tan solo un día de vida, había sido trasladado de urgencia desde San Martín de los Andes con un diagnóstico de obstrucción intestinal, un cuadro que exigía cirugía inmediata y presentaba una alta probabilidad de requerir transfusión.
Ante esta situación, la Defensoría de los Derechos del Niño y el Adolescente de la IV Circunscripción, dirigida por Laura Lucero, promovió una medida autosatisfactiva para obtener una respuesta judicial urgente.
En su decisión, Zani recordó que la responsabilidad parental otorga a los progenitores la facultad de decidir sobre la salud de sus hijos, aunque ese derecho tiene límites. Señaló que, según los informes médicos, no realizar la intervención recomendada implicaba un riesgo cierto para la vida del bebé. En este marco, sostuvo que el Estado debe actuar cuando los derechos de un niño se ven afectados por decisiones de sus padres.
El magistrado destacó que la responsabilidad parental debe ser entendida como un mecanismo destinado a proteger el desarrollo integral de los niños y niñas. En esa línea, afirmó que la autodeterminación de los padres y la libertad para ejercer sus creencias encuentran su límite en los derechos fundamentales del niño, entre ellos el derecho a la salud.
Zani también precisó que los progenitores pueden transmitir valores, estilos de vida y preferencias, incluso en el ámbito de la salud, siempre que ello no suponga restringir el acceso del niño a cuidados médicos esenciales. Advirtió que mantener la negativa ante la intervención necesaria podría derivar en un desenlace irreversible y potencialmente fatal para el recién nacido.
Finalmente, el juez sostuvo que el interés superior del niño en este caso consiste en asegurar su derecho a la vida y a la salud, lo que incluye el acceso a los recursos médicos disponibles. Subrayó que este principio debe prevalecer incluso cuando entre en conflicto con los derechos de los padres, especialmente ante situaciones que comprometen la supervivencia del menor.
El juez de Familia Luciano Zani habilitó al equipo médico del hospital Castro Rendón a practicar una cirugía de urgencia a un recién nacido, luego de que sus padres se opusieran a una posible transfusión de sangre por motivos religiosos vinculados a su pertenencia a los Testigos de Jehová. La resolución se dictó con el objetivo de garantizar la protección del bebé, cuyo estado requería una intervención inmediata.
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