La calificación de riesgo y el rol del contador
A la hora de invertir y obtener crédito, es esencial saber de riesgo. El asesor legal, contable y financiero, cobra un papel clave.
Por Cr. Jonatan García (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Tanto el riesgo como la incertidumbre son conceptos que debemos comprender para poder afrontar el futuro.
Los mismos se encuentran presentes en cada decisión, ya sea de la vida cotidiana o en el ambiente de los negocios. Ejemplos de este último, pueden ser las decisiones de inversión, o de acceso a financiación, entre otras.
Lo que diferencia al riesgo de la incertidumbre, es que en el primero podemos conocer con anticipación las probabilidades de ocurrencia de hechos futuros, en oposición a la incertidumbre, en la que esto no es posible.
En el presente artículo citaré cuestiones básicas, sin ahondar demasiado, relacionadas al riesgo crediticio, clasificación de deudores y por último el rol del contador.
En primer lugar, el riesgo crediticio se define como la posibilidad de que un deudor no cumpla con las obligaciones asumidas con el acreedor en los términos acordados.
Esta imposibilidad de no cumplir por parte del deudor está atada a los riesgos, los que pueden presentarse en una organización en forma de: Riesgos generales, relacionados con el ambiente donde se desenvuelve la organización y que no son imputables a la misma; Riesgos de la empresa, que surgen de las operaciones de la propia empresa; y Riesgos especiales, los que debe afrontar la organización por el desarrollo de su actividad.
Lo que diferencia al riesgo de la incertidumbre, es que en el primero podemos conocer de ante mano las probabilidades de ocurrencia de hechos.
El análisis de riesgo crediticio es efectuado por las entidades financieras, y regulado por la Circular A 7398 del B.C.R.A, texto ordenado al 11/11/2021. Esta última, describe el proceso con el cual se evaluará la conveniencia de otorgar o no una financiación, y las probabilidades de recupero de las mismas.
Para este desarrollo se necesita información, que puede ser interna o externa al deudor. La información interna, se obtiene de estados contables, flujos de fondos proyectados, contratos, nómina de accionistas, directores, que son requeridos al deudor. En cuanto a la externa, se consigue indagando en páginas de internet como BCRA, CNV, AFIP; informes de calificadoras de riesgo; entre otras.
En segundo lugar, la citada norma clasifica a los deudores en dos categorías: Cartera Comercial y Cartera de Consumo. Una de las cuestiones que los distingue es la evaluación a efectuar. En el primero, es subjetiva, porque evalúa la situación patrimonial y financiera actual y futura del deudor. En cambio, la segunda es objetiva, se considera el grado de cumplimiento en el pago de las operaciones y la situación jurídica del deudor.
Una vez que se cuenta con la información necesaria, se la procesa y se determina la calificación, la cuál será plasmadas en un legajo que se llevará de cada deudor.

Resulta interesante para el lector, traer a colación una sección disponible en la página web oficial del Banco Central de la República Argentina (BCRA) http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Situacion_Crediticia.asp. Desde allí, se puede consultar, ingresando el número de CUIT/CUIL, la situación de un deudor en particular y tener conocimiento de su desenvolvimiento en todo el sistema financiero.
En el caso hipotético de consultar por un deudor categorizado en la Cartera Comercial, el portal nos mostrará una clasificación que va desde los siguientes extremos: Situación 1, donde el deudor se encuentra en situación normal; a una Situación 6, en la cuál se encuentranaquellos sujetos catalogados como deudores irrecuperables por disposición técnica.
De acuerdo en la situación en la que se encuentre el deudor consultado, el reporte del portal nos dará indicios acerca de su salud financiera y si nos resulta conveniente o no operar con el mismo.
Por último, como se mencionó previamente, el riesgo está presente en cualquier decisión que abordemos, por lo cual es conveniente contar con información oportuna para no caer en errores que podrían llevar a generar consecuencias negativas.
En su función de soporte y asesoramiento al deudor, el Contador recopilará y procesará los datos puestos a disposición del profesional.
Entonces nos preguntamos, ¿Cuál podría ser el rol del contador en este proceso?
Tomando como ejemplo una empresa que clasifica dentro de la Cartera Comercial, la cuál solicita financiación y apertura de legajo, esta debe cumplir con todos los requerimientos de información solicitados por la entidad financiera.
De esa forma, en desepempeño de las funciones de soporte y asesoramiento al deudor que lleva adelante el Contador, se recopilará y procesarán datos puestos a disposición del profesional, con los que posteriormente se podrá confeccionar informes como: estados contables, previamente auditados, y flujos de fondos proyectado; que el deudor deberá presentar junto con la demás información a la entidad financiera, para su posterior calificación.
Dato
- A 7398
- La circular del BCRA ordenada al 11/11/21, que rige la evaluación de riesgo.
Por Cr. Jonatan García (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)
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