La Corte obligó al Gobierno a compensar a las provincias por IVA y Ganancias

En un fallo dividido, el máximo tribunal argumentó que los decretos "no pueden afectar los fondos de coparticipación".

Foto: Archivo.

La Corte Suprema estableció que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias, incluida en las medidas económicas anunciadas por el gobierno nacional tras las PASO del 11 de agosto pasado, «no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias», según se informó oficialmente este mediodía a través del Centro de Información Judicial.

En el dividido fallo, la Corte sostuvo que «no se puede afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán».

Para el máximo tribunal, el Ejecutivo «detrajo unilateralmente montos de la masa de recaudación de impuestos coparticipables, sin tener competencia para ello, por lo que tales decretos y resoluciones violan los principios del federalismo de concertación y el principio de legalidad en materia tributaria».

Según definió la Corte, los decretos colocan a las provincias en un «escenario de extrema gravedad y dificultad para cumplir con las obligaciones y deberes a su cargo, pues las sumas que dejarían de ingresar a las arcas provinciales ya se encontraban incorporadas como recursos corrientes en el presupuesto de gastos para el presente ejercicio 2019″.

Quienes votaron a favor de las provincias fueron: Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. Carlos Rosenkrantz, presidente de la Corte, votó en disidencia; mientras que Elena Highton no votó.

Al dar cuenta de la decisión de la Corte, el Centro de Información Judicial (CIJ) difundió la resolución referida a Entre Ríos, cuyos argumentos fueron replicados para los otros distritos.

El decreto 561/19 encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una reducción en la base de cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias a determinados sujetos; y una reducción de un 50 por ciento de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.

En tanto, el decreto 567/19 dispuso una alícuota del 0 por ciento en el IVA para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.

Las provincias coincidieron en argumentar que las normas del Ejecutivo le provocaban perjuicios multimillonarios, con la detracción de sumas que ya habían sido incorporadas en el presupuesto para este año, afectando recursos destinados a la población.


«No comparto el voto de la mayoría»


Luego de la publicación del fallo, el ministro de Justicia Germán Garavano, indicó que no comparte la decisión de la Corte.

«El gobierno va a seguir haciendo lo posible para cuidar a los argentinos y para que sigan vigentes los decretos», señaló. Además agregó que seguramente le pedirán a la Corte «algunas aclaratorias».

«El equilibrio fiscal no es responsabilidad sólo del Ejecutivo Nacional«, sentenció.


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