La figura del mito y el conflicto de la deuda

Hace algunas semanas hablábamos sobre el papel de la magia -una magia embustera, claro- en la política nacional (”Río Negro”, 23/5/14).

En el mismo ámbito de la política, y casi en paralelo, los mitos se presentan como pilares fundantes del acuerdo político del tipo populista, el mito entendido como narración maravillosa y ficticia, generalmente protagonizada por personajes de carácter divino o heroico.

Y nada mejor que esa figura para los tiempos de la deuda pública argentina que, vale la pena recordarlo, no es solamente de carácter externo.

Propongo reflexionar aquí sobre cinco mitos en los que nuestra cultura nacionalista alcanza el paroxismo.

• Primer mito: “Los bancos argentinos podrían haber evitado la cesación de pagos”. El 30 de julio gran parte de la sociedad esperaba que un banquero oficialista resultase el héroe de la hora; incluso, cuando todo acuerdo se había frustrado, “Ámbito Financiero” insistía tozudamente en que el problema estaba solucionado. Afortunadamente el mito se apagó como estrella fugaz en poco tiempo. Pero esa caída no se produjo merced a un ejercicio de racionalidad social, advirtiendo que el acto heroico no sería llevado a cabo con habilidades y armas propias sino arrebatadas -una vez más- por los bancos al patrimonio de sus propios clientes. Lo cierto es que el mito cayó por una repentina enemistad, de causas insondables, que desde hace un tiempo separa al banquero aspirante a héroe del mismo gobierno con el cual tuvo tan buenas migas.

• Segundo mito: “El Estado argentino ha tenido que luchar contra un juez parcial que tiene interés en el proceso que dirige”. El carácter ficticio de la afirmación resalta con sólo repasar en su integridad el largo litigio tramitado hasta llegar a la sentencia. El tiempo insumido en el proceso hasta el fallo muestra que no fue sencillo demandar a un Estado extranjero en Estados Unidos y tampoco llegar a la condena que ahora enfrentamos. Antes de la sentencia y en la década que duró el trámite, las decisiones del juez fueron en general favorables a la Argentina y en todo momento frenaron las pretensiones de cobro rápido de la parte accionante (ver, por ejemplo, la publicación del diario “La Nación” del 27/1/06), todo ello, a fin de arribar a una solución consensuada como normalmente ocurre en los asuntos de deuda pública. Sólo cuando ya no existieron más instancias de diálogo y desde la Argentina los representantes del Estado insistieron en que no se pagaría nada, se dictó el fallo. Ahora, firme que ha quedado, resulta obvio que el juez se incline por aquella pretensión a la que se dio razón en las diversas instancias, y allí sí juega un interés de carácter personal e institucional cual es el de que el mandato de la Justicia se cumpla.

• Tercer mito: “La sentencia afecta el sistema financiero internacional en materia de reestructuración de deuda”. Se sabe hace tiempo que pactar la jurisdicción de Nueva York importa una fuerte garantía de la palabra empeñada, de la obligatoriedad de los contratos y del derecho de propiedad. Precisamente por esa mayor seguridad de cobro es que los títulos de deuda que llevan esa jurisdicción pueden emitirse a un costo menor; es que cuanta más certeza se le da al acreedor de que va a cobrar, más cantidad de interesados se encuentra para la toma de dinero y menor es la tasa de interés a pagar. La misma razón ha conducido a que la mayoría de los bonos emitidos por el actual gobierno continúe pactando la jurisdicción de Nueva York y será tal vez Griesa o uno de sus pares al que le toque juzgar un eventual impago de los mismos. Es que si el bono tuviese la jurisdicción, por ejemplo, de Venezuela o de nuestro país, los interesados en aportar dinero se reducirían notablemente a clientela casi cautiva y las tasas de interés deberían ser mucho más tentadoras o atractivas. Por eso, al contrario del mito, las decisiones que ha tomado el juez frente al incumplimiento del deudor consolidan la seguridad jurídica, manteniendo la amplitud de interesados en los procesos de reestructuración de deuda a tasas de interés razonable. A mayor seguridad, menor precio. Sólo a cambio de un interés exorbitante un acreedor internacional tomaría el riesgo de que su crédito fuera juzgado con criterios como los expresados hace unos días por Raúl Zaffaroni. Y el estallido de las tasas de interés sí que afectaría los procesos de toma de deuda, retroalimentando en círculo el irresponsable endeudamiento estatal que padecemos.

• Cuarto mito: “Una regulación internacional similar a los procesos concursales evitaría este tipo de inconvenientes”. Desde ya que si existiera la posibilidad de presentación en falencia para un Estado nacional, el trámite de cobro forzado de deuda podría derivarse a un régimen especial de mayorías, impidiendo soluciones jurisdiccionales individuales como la que aquí observamos. Recurrentemente se cita el caso de la ciudad de Detroit, en Estados Unidos, como el paradigma a seguir. Sin embargo, como dicen los españoles, hay que estar a las verdes y a las maduras, porque las consecuencias de un régimen semejante no sólo engrosan haber estatal. En primer lugar, la emisión de deuda será mucho más onerosa pues, al igual que antes, el riesgo de cobro integral será más alto. En segundo lugar, el proceso de tipo concursal siempre implica la inserción de un extraño en la administración del fallido (un veedor, un síndico o directamente un gerente que reemplaza la administración originaria); la designación de Kevin Orr como administrador en bancarrota para la ciudad de Detroit no fue una designación de la propia ciudad sino externa, de allí la coincidencia de las burocracias internacionales -FMI, BM, ONU, etcétera- para imponer este tipo de esquemas de bancarrota que los habilitaría a una mayor intervención alrededor del mundo.

Por último, hay que tener en cuenta que ese tipo de proceso implica en muchas ocasiones la entrega de bienes en garantía de pago o la liquidación de ellos para pagar deudas, con lo cual el Estado tendrá que estar dispuesto a enajenar o indisponer activos propios para mejorar posiciones en caso de no llegar a un acuerdo inicial con sus acreedores. Quienes conducen el Estado lo saben bien porque, en la experiencia local y frente a sus ciudadanos deudores, es regla negarles cualquier tipo de acuerdo y obligarlos en general a liquidar sus bienes para pagar la integridad del pasivo. Estas consecuencias (encarecimiento del crédito, formación de una nueva burocracia internacional con intervención en el ámbito local y liquidación de bienes) tal vez nos convenzan de que resulta más adecuado continuar bajo la regulación espontánea del mercado internacional, con jurisdicciones elegidas voluntariamente por el propio deudor, antes que arriesgarnos a una incierta regulación internacional que deje nuestro poder de decisión más reducido aún.

• Por último, el más grande de todos los mitos: “La República, la Nación, todos nosotros, entramos en cesación de pagos”. Semejante confusión parte de una vieja costumbre nuestra -otro mito machacado desde tiempos inmemoriales- de identificar el individuo con el Estado. Contra ello, resulta un ejercicio importante de ciudadanía tener claro que ese mismo Estado, cansado ya de estafar a sus ciudadanos como si fuesen vasallos -estafas convalidadas por sucesivos fallos de la Justicia local: casos Ercolano, Cine Callao, Peralta y Galli, entre otros-, ahora la ha emprendido internacionalmente y pretende que idéntica condescendencia obtenida aquí se le dispense en la Justicia norteamericana. Los argentinos debemos recordar el Plan Bonex, el corralito y después la injusta pesificación que nos empobreció en porcentajes asombrosos para saber quién es quién en este entuerto. No es cada uno de nosotros quien ha incumplido y quiere pagar menos de lo que debe; aquí estamos viendo en el escenario y a plena luz a nuestros políticos manejando esa estructura jurídica que se llama Estado y que después de hacer costumbre el incumplimiento de sus promesas a la ciudadanía intentan expandir la misma conducta universalmente porque la caja nunca les alcanza.

Por eso, en vez de identificarnos entitativamente con el discurso de una falsa heroicidad pública, debemos racionalizar y hacernos cargo de una buena vez de lo que sí es nuestra responsabilidad: la elección de gobernantes adecuados y el rechazo del mito y de la magia… en definitiva, de la mentira en que vivimos desde hace más de ochenta años, cuando comenzamos a abandonar la Constitución alberdiana.

GASTÓN RAMBEAUD

Abogado y docente. Presidente de la Fundación Progreso y Libertad

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