¿La Justicia rionegrina está en crisis?
En los últimos tiempos la situación de la Justicia nacional ha concentrado la atención del ciudadano común y de los medios de comunicación por distintas circunstancias: la trascendencia de las actuaciones judiciales que tramitan en especial en el fuero penal por delitos de corrupción, el excesivo tiempo que insume su diligenciamiento, la designación de jueces y funcionarios y el pedido de juicio político de los mismos. La provincia de Río Negro no es la excepción y su Poder Judicial se encuentra en una etapa por demás crítica por distintas circunstancias que a mi criterio son las siguientes: 1) En los últimos dos años ha comenzado el éxodo de funcionarios y magistrados de la Justicia para acogerse a la jubilación, lo que ha provocado un sinnúmero de vacantes en todas las circunscripciones judiciales, que a la fecha no han podido ser cubiertas en su totalidad pese a los llamados a concurso correspondientes. El sistema de selección de los postulantes a los distintos cargos consiste en sumar puntaje por los antecedentes, por la evaluación o examen que deben rendir ante un jurado y la entrevista final ante los miembros del Consejo de la Magistratura. Sin embargo se advierte que los plazos por los que deben transitar los concursos en cada una de las etapas son demasiado extensos, provocando un desgaste en los postulantes y en algunos casos su deserción; hay casos donde los designaciones tardaron más de dos años en resolverse. 2) Si bien es cierto que se han cubierto los cargos de mayor jerarquía, los funcionarios y magistrados designados no pueden asumir su función porque en los llamados no se incluyeron las vacantes eventuales que se producen por su promoción. En esta situación se encuentran los cargos de jueces de primera instancia (de distintos fueros), fiscales, defensores y secretarios. 3) La gran cantidad de cargos vacantes que se producen no se relaciona con la cantidad y calidad intelectual y experimental de los postulantes que se presentan, lo que trae como consecuencia que los concursos se declaren desiertos o en algunos casos se designe a algunos de los profesionales del derecho que pretenden ingresar al Poder Judicial. 4) Las razones de esa situación obedecen, entre otras cuestiones, al nivel salarial vigente en los distintos estamentos de la Justicia rionegrina, que no es lo suficientemente atractivo para aquellos abogados que ingresan. El Poder Judicial de Río Negro no está entre los mejor remunerados, siendo superado por todas las provincias patagónicas, además de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa, Ciudad Autónoma y el fuero Federal. De hecho la oferta laboral que por ejemplo ofrecen la administración pública provincial y la nacional a abogados es notablemente mejor y los cargos no son incompatibles con el ejercicio de la profesión. A ello debe agregarse que el cúmulo de tareas ha aumentado considerablemente en todos los fueros y los recursos humanos existentes en cada organismo judicial son insuficientes. En este sentido es dable destacar el atraso existente en los concursos para empleados y la falta de motivación o expectativas, ya que la carrera termina con el cargo de jefe de Despacho. 5) Existe la probabilidad de que el Poder Ejecutivo del gobierno de Río Negro elimine de la Constitución provincial el requisito de dos años de residencia en la provincia para aquellos abogados que provengan de otros distritos y que pretendan ocupar los cargos de jueces y del Ministerio Público. Se argumenta que de esa manera se jerarquizará a la Justicia con postulantes que cuenten con mayores antecedentes y capacidad profesional que los que residen en Río Negro. Sin embargo lo más probable es que los profesionales que se presenten provenientes de otras provincias no reflejen ser mejores que los locales (como ha pasado en reiteradas oportunidades), designándose a abogados o funcionarios o magistrados que con el transcurrir del tiempo no acreditan en la función la supuesta capacidad e idoneidad para el cargo que desempeñan. No hay que olvidar que el requisito de la residencia obedece a la necesidad de que el funcionario y magistrado tenga un conocimiento pleno de la idiosincracia, costumbres e inclusive del lenguaje de los habitantes del lugar donde son designados. Ha habido casos donde un magistrado desconocía lo que era una “media res” ( en una causa por hurto de ganado) o el significado del término “entenao”, usado por la gente de campo . 6) Con motivo del proyecto del Poder Ejecutivo provincial de ampliar el número de jueces integrantes del Superior Tribunal de Justicia, entiendo que existen sobradas razones para considerar lo innecesario de dicha decisión. En principio carece de fundamento el criterio de que los jueces deban representar a cada una de las circunscripciones judiciales. El sentido común indica que deben elegirse a los mejores candidatos, sin perjuicio de la ciudad o región de donde provengan. Por otro lado es necesario atender las necesidades de lo que en el lenguaje tribunalicio se denomina como “la trinchera”, como son los juzgados de primera instancia, los ministerios públicos (fiscales y defensores), no solamente en lo que se refiere a funcionarios y magistrados sino también respecto a los organismos auxiliares (cuerpos médicos forenses, asistentes sociales, psicólogos, etc.), empleados y otros recursos. Donde realmente se produce un cuello de botella por la gran cantidad de actuaciones judiciales que tramitan es justamente en las instancias inferiores, que son las que en la actualidad se encuentran seriamente resentidas en la prestación del servicio. El aumento del número de los jueces del Superior Tribunal no otorgará mayor eficiencia y agilidad en el diligenciamiento y la resolución de los expedientes ingresados, si todos los jueces del Superior Tribunal de Justicia van a intervenir y votar en todas las actuaciones; ello va a significar que los plazos para fallar se van a extender en el tiempo y por ende una causa judicial va a demorarse más en su resolución que en la actualidad, donde resuelven tres jueces. Además el Superior Tribunal cuenta con una infraestructura en recursos humanos tanto de empleados como de profesionales suficientes como para cumplir con la función (quince abogados relatores y referencistas y cinco secretarios letrados, uno por cada materia –civil y comercial, laboral, penal, causas originarias y superintendencia–), lo que facilita notablemente el trabajo de los jueces. Un Superior Tribunal de Justicia con cinco miembros aumentaría el gasto tanto en salarios como en la estructura mínima de los diferentes recursos (secretarias privadas, oficinas, casas oficiales, equipos de informática, automóviles, choferes, etc.). 7) El funcionamiento del Consejo de la Magistratura ha sido objeto de la crítica generalizada proveniente tanto desde dentro como desde fuera del Poder Judicial. En efecto, en los últimos quince años los ciudadanos rionegrinos han tenido la sospecha de que algunas designaciones han estado influenciadas por el poder político de turno y vinculadas con determinadas actuaciones judiciales del fuero penal. Además las actuaciones disciplinarias de funcionarios y magistrados que tramitan por ante el Consejo tardan demasiado tiempo en ser resueltas, violando derechos y garantías de los denunciados y afectando las reglas del debido proceso. Una manera de transparentar la designación, promoción y destitución de los funcionarios y magistrados del Poder Judicial de Río Negro consistiría en incorporar al Consejo de la Magistratura representantes de la comunidad independientes (sistema adoptado por la provincia de Chubut) y de esa manera hacer que dicho organismo sea más confiable. Concluyendo: entiendo que la situación actual del Poder Judicial de Río Negro es preocupante y afecta la eficiente y normal prestación del servicio, por lo que en los próximos años el Superior Tribunal de Justicia y la Procuración General van a tener una ardua tarea para modificar la cuestión, a la que no deben permanecer ajenos los colegios de abogados como corresponsables de la administración de justicia. (*) Fiscal. Río Negro
RICARDO ALBERTO FALCA (*)